Skip to content

  viernes 10 julio 2026
  • Director: Alfonso Vidal
Crónica Económica
  • Opinión
    • Firmas
    • Colaboraciones
  • Economía
    • Industria
    • Servicios
    • Agricultura
    • Bancos
    • Cajas
    • Seguros
    • Laboral
  • Empresas
    • Energía
    • Inmobiliario
    • Telecomunicaciones
    • Infraestructuras
    • Industria
    • Retail
    • Distribución
  • Mercados
    • CNMV
    • Ibex
    • Mercados extranjeros
    • Divisas
    • Fondos
  • Gobierno
  • Historia
  • Fin de semana
    • Restaurantes
    • Vinos y Bodegas
    • Recetas
    • Libros
    • El cestillo
    • Cultura
    • Civilización
    • Tecnología
    • Tendencias
    • Moda
  • Alimentación
Última hora
9 de julio de 2026EUROGRUPO: España propone emitir eurobonos 9 de julio de 2026Europa rebota al moderarse el Brent 9 de julio de 2026COMBUSTIBLES: tirón de precios 9 de julio de 2026FED: sus actas reflejan discrepancias entre consejeros 9 de julio de 2026A vueltas con el absentismo 9 de julio de 2026DIAZ: trata de aprovechar el momento de gloria 9 de julio de 2026FROB: resultados históricos gracias a la fortaleza de CaixaBank
Crónica Económica
Crónica Económica
  • Opinión
    • Firmas
    • Colaboraciones
  • Economía
    • Industria
    • Servicios
    • Agricultura
    • Bancos
    • Cajas
    • Seguros
    • Laboral
  • Empresas
    • Energía
    • Inmobiliario
    • Telecomunicaciones
    • Infraestructuras
    • Industria
    • Retail
    • Distribución
  • Mercados
    • CNMV
    • Ibex
    • Mercados extranjeros
    • Divisas
    • Fondos
  • Gobierno
  • Historia
  • Fin de semana
    • Restaurantes
    • Vinos y Bodegas
    • Recetas
    • Libros
    • El cestillo
    • Cultura
    • Civilización
    • Tecnología
    • Tendencias
    • Moda
  • Alimentación
  • Director: Alfonso Vidal
Crónica Económica
  Legal  TS: baja los impuestos a bares y restaurantes que cerraron durante la pandemia
Legal

TS: baja los impuestos a bares y restaurantes que cerraron durante la pandemia

El Tribunal Supremo ha avalado que los bares y restaurantes que tuvieron que parar su actividad con motivo de la declaración del estado de alarma por la crisis sanitaria de la covid-19 paguen menos impuestos.

RedaccionRedaccion—6 de junio de 20230
FacebookX TwitterPinterestLinkedInTumblrRedditVKWhatsAppEmail

Así lo ha acordado la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Alto Tribunal en dos recientes sentencias en las que establece jurisprudencia al determinar que las empresas de restauración y hostelería que tuvieron que echar el cierre temporal por el confinamiento se beneficien de una reducción de la cuota del Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE), que exigen los ayuntamientos, proporcional al tiempo que vio su negocio paralizado.
Las dos resoluciones, con fecha del pasado 30 de mayo, dan la razón a dos empresas frente a los recursos que presentó el Ayuntamiento de Valencia contra dos sentencias del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 3 de Valencia, que reconoció el derecho a obtener esta reducción fiscal por el tiempo que duró el parón obligado de la actividad.

El Alto Tribunal recuerda que en su auto de admisión a trámite del recurso, por el que aceptó estudiar esta cuestión por su interés para formar jurisprudencia, que el IAE es un impuesto “cuyo hecho imponible está constituido por el mero ejercicio, en territorio nacional, de actividades empresariales, profesionales o artísticas, con independencia de que se ejerzan o no en local determinado”. Asimismo, indicó que su propia jurisprudencia señala que el tributo se debe exigir “con independencia de cuál sea el resultado de la actividad, e, incluso existiendo beneficio cero o, también, pérdidas”.

No obstante, los magistrados apuntaron entonces que el real decreto aprobado el 14 de marzo por el que se aprobó el estado de alarma permite arrojar “dudas interpretativas”, ya que la suspensión de la actividad “excepcional y transitoria” provocada por la pandemia tendía un “impacto” en una “multiplicidad de contribuyentes del impuesto.
Tras estudiar en profundidad esta cuestión, el Tribunal Supremo afirma que el cierre total, ordenado por el real decreto de estado de alarma, no determina por sí mismo, tal como se planteaba y acordaron las sentencias, la inexistencia o no producción del hecho imponible del IAE durante el periodo de inactividad. No obstante, considera que sí procede la aplicación del régimen de paralización de industrias que se establece en el Real Decreto que regula las tarifas y la instrucción de dicho tributo, que supone una rebaja de la parte proporcional de la cuota, según el tiempo en que la empresa o actividad hubiera dejado de funcionar.

A lo largo de las dos sentencias, la Sala de lo Contencioso-Administrativo recalcan que no se está debatiendo si existe un problema de disminución de ingresos o de limitación de la actividad por los horarios o aforos, que se produjo después durante la desescalada del confinamiento. “Estamos ante una situación de impedimento absoluto, por mandato de la autoridad, del mero ejercicio de la actividad por la que se tributa en el IAE”, explica.
De este modo, el Supremo subraya también que “no es preciso, a tal efecto, ni probar en especial la paralización o cierre de la empresa, ni poner en conocimiento de la Administración tal cierre o inactividad, pues ambas circunstancias derivan directamente de la ley”. A ello añade que para las actividades de hostelería o restauración, “la única prueba exigible es la de la inexistencia de entrega a domicilio”, que se permitió durante el confinamiento, si bien en este caso concreto no ha sido un aspecto cuestionado.

FacebookX TwitterPinterestLinkedInTumblrRedditVKWhatsAppEmail
Noticias relacionadas
  • Noticias relacionadas
  • Más de este autor
Legal

UCO: Serrano lideró el nacimiento de la cloaca

9 de julio de 20260
Legal

NARBONA: aplazada su declaración

9 de julio de 20260
Legal

CLOACAS: unificación de procedimientos

9 de julio de 20260
Cargar más
Leer también
Gobierno

EUROGRUPO: España propone emitir eurobonos

9 de julio de 20260
Mercados extranjeros

Europa rebota al moderarse el Brent

9 de julio de 20260
Energía

COMBUSTIBLES: tirón de precios

9 de julio de 20260
Mercados

FED: sus actas reflejan discrepancias entre consejeros

9 de julio de 20260
DESTACADO PORTADA

A vueltas con el absentismo

9 de julio de 20260
DESTACADO PORTADA

DIAZ: trata de aprovechar el momento de gloria

9 de julio de 20260
Cargar más


Últimas noticias
  • EUROGRUPO: España propone emitir eurobonos 9 de julio de 2026
  • Europa rebota al moderarse el Brent 9 de julio de 2026
  • COMBUSTIBLES: tirón de precios 9 de julio de 2026
  • FED: sus actas reflejan discrepancias entre consejeros 9 de julio de 2026
  • A vueltas con el absentismo 9 de julio de 2026
© 2023 Crónica Económica Ediciones
  • Aviso Legal
  • Política de privacidad
  • Política de cookies