En su escrito, la teniente fiscal interesa de la Sala Segunda del Tribunal Supremo que declare su competencia para la instrucción y, en su caso, el enjuiciamiento de Puigdemont y de Wagensberg, por considerarlos aforados ante la Sala Segunda del TS. Asimismo, pide que se declare la falta de competencia del Supremo para la instrucción y, en su caso, el enjuiciamiento respecto de las personas no aforadas.
Igualmente insta que se declare el archivo de la causa con devolución al Juzgado Central de Instrucción número 6 de la Audiencia Nacional para que finalice la investigación, al no encontrar en este momento procesal “indicios suficientes de criminalidad” contra los dos aforados. El informe remitido este jueves al Tribunal Supremo recoge la postura procesal de la Fiscalía en esta causa.
En un informe de 31 páginas, la teniente fiscal no llega a pronunciarse expresamente sobre el delito de terrorismo que imputa al expresidente catalán el juez García Castellón y se limita a asegurar que “en este momento procesal no existen indicios que permitan afirmar que Carles Puigdemont participase en la fundación o planificación de las acciones de Tsumani Democràtic”.
El informe firmado por Ángeles Sánchez Conde adopta esta postura en contra de lo defendido por la mayoría de la junta de le fiscales del Supremo que tumbó un primer informe del fiscal Álvaro Redondo, que descartaba la existencia de un delito de terrorismo en los hechos investigados. En este informe, la teniente fiscal considera que García Castellón «se limita a efectuar conjeturas carentes de base fáctica».
Sánchez Conde concluye que “Carles Puigdemont no lideraba ni era integrante de la supuesta organización Tsunami Democràtic” y que “en realidad nos hallamos ante meras conjeturas o sospechas que no permiten la atribución de hecho delictivo alguno a Carles Puigdemont”. Además, deshecha la idea de que el expresidente catalán fuera uno de los líderes de Tsunami basándose en sus mensajes públicos de apoyo al movimiento ya que “es notorio que Tsunami Democràtic fue apoyado públicamente por multitud de personas” que “posiblemente” desconocían las consecuencias de la “la actuación de individuos descontrolados”.
El pasado 6 de febrero, la junta de fiscales del Supremo tumbó le informe del fiscal Redondo. 11 de sus miembros consideraron que había indicios suficientes para proceder contra Puigdemont y el diputado del Parlamento de Cataluña Ruben Wagensberg, por delito de terrorismo. Solo cuatro de los fiscales votaron en contra de esta tesis.
El informe de Redondo no apreciaba indicios racionales de criminalidad contra Puigdemont y Wagensberg, y tampoco vio evidencias del delito de terrorismo y consideró que sólo se les podían imputar desórdenes públicos graves, falsedad documental, coacciones y daños.
En ese momento, los dos presidentes de la sección primera, Fidel Cadena, que fue uno de los cuatro fiscales del juicio del ‘procés’, y Joaquín Sánchez-Covisa, sostuvieron posturas enfrentadas, lo que hizo que fuera su fuera su superior jerárquica, la teniente fiscal Sánchez-Conde, la que asumiera la redacción de una nueva ponencia que unificara el criterio de la Fiscalía en este asunto.
Sánchez-Conde recabó la argumentación de ambas partes. Por su parte, Cadena, partidario de investigar por terrorismo a Puigdemont, le remitió un informe en el que respaldaba los argumentos de la exposición razonada de García Castellón, que señala al expresidente catalán como “líder” de Tsunami.
El informe de la teniente fiscal se elevará a la Sala de lo Penal del Supremo, donde el magistrado Berdugo será el encargado de estudiar el asunto para decidir si el alto tribunal asume la investigación de estos hechos tal y como le pidió García Castellón.