Skip to content

  jueves 30 abril 2026
  • Director: Alfonso Vidal
Crónica Económica
  • Opinión
    • Firmas
    • Colaboraciones
  • Economía
    • Industria
    • Servicios
    • Agricultura
    • Bancos
    • Cajas
    • Seguros
    • Laboral
  • Empresas
    • Energía
    • Inmobiliario
    • Telecomunicaciones
    • Infraestructuras
    • Industria
    • Retail
    • Distribución
  • Mercados
    • CNMV
    • Ibex
    • Mercados extranjeros
    • Divisas
    • Fondos
  • Gobierno
  • Historia
  • Fin de semana
    • Restaurantes
    • Vinos y Bodegas
    • Recetas
    • Libros
    • El cestillo
    • Cultura
    • Civilización
    • Tecnología
    • Tendencias
    • Moda
  • Alimentación
Última hora
29 de abril de 2026UE: se pierde la confianza económica 29 de abril de 2026Caídas generalizadas de las bolsas 29 de abril de 2026Rusia dice que no dejará la OPEP+ y el petróleo se dispara 29 de abril de 2026FED: el candidato Warsh sortea su ultimo obstáculo 29 de abril de 2026SESION CONTROL: distracciones sanitarias 29 de abril de 2026PRECIOS: el IPC cerrara en un 3,2% 29 de abril de 2026BRUSELAS: cede ante la crisis energética
Crónica Económica
Crónica Económica
  • Opinión
    • Firmas
    • Colaboraciones
  • Economía
    • Industria
    • Servicios
    • Agricultura
    • Bancos
    • Cajas
    • Seguros
    • Laboral
  • Empresas
    • Energía
    • Inmobiliario
    • Telecomunicaciones
    • Infraestructuras
    • Industria
    • Retail
    • Distribución
  • Mercados
    • CNMV
    • Ibex
    • Mercados extranjeros
    • Divisas
    • Fondos
  • Gobierno
  • Historia
  • Fin de semana
    • Restaurantes
    • Vinos y Bodegas
    • Recetas
    • Libros
    • El cestillo
    • Cultura
    • Civilización
    • Tecnología
    • Tendencias
    • Moda
  • Alimentación
  • Director: Alfonso Vidal
Crónica Económica
  Legal  TS rechazada una demanda por llamar a los jueces cuervos togados
Legal

TS rechazada una demanda por llamar a los jueces cuervos togados

El Tribunal Supremo ha inadmitido a trámite la denuncia presentada por Manos Limpias contra el expresidente catalán y eurodiputado de Puigdemont, al no apreciar delitos de injurias o de odio en un texto en el que llamó "cuervos togados" a los jueces españoles, a los que acusó de revolverse y enseñar "garras y colmillos". "Se les pone cara de general Pavía", añadió.

RedaccionRedaccion—21 de mayo de 20240
FacebookX TwitterPinterestLinkedInTumblrRedditVKWhatsAppEmail

El alto tribunal explica que «la libertad de expresión ampara el derecho a la crítica, también a jueces y magistrados, incluso cuando se formula en términos inapropiados y ofensivos como en este caso». Así, recuerdan que el Tribunal Constitucional ha precisado que «la reacción penal no está justificada frente a cualquier tipo de exceso en el ejercicio de ese derecho». El Supremo añade que «el discurso o expresiones denunciadas se produjeron en el contexto de un debate político y como expresión de una apreciación crítica de las actuaciones de los jueces y tribunales en el llamado ‘procés'».
ç»Las expresiones proferidas se limitan a una crítica desabrida a la actuación judicial y su contenido no permite su subsunción normativa en el delito de injurias y, menos aún, en el delito de discurso de odio, dado que se alejan notoriamente del espacio de tipicidad que diseña el artículo 510 del Código Penal», añaden los magistrados.

En esta línea, el tribunal cita en el auto resoluciones propias anteriores en las que el propio Supremo remarcó que «el Derecho penal no es herramienta apta para limar asperezas o imponer un estilo más plano, menos escandaloso, más objetivo o neutro; o para acallar una opinión agria, ni siquiera aunque pueda ser injusta».
También menciona una sentencia del Tribunal Constitucional del 2015 que indica que «los límites a los que está sometido el derecho a la libertad de expresión deben ser siempre ponderados con exquisito rigor», para «no correr el riesgo de hacer del Derecho penal un factor de disuasión del ejercicio de la libertad de expresión, lo que, sin duda, resulta indeseable en el Estado democrático».

El Supremo, ponderando el contenido, contexto y finalidad de los hechos denunciados concluye que, «si bien se trata de expresiones ofensivas e injustas, no son constitutivas de delito, razón que conduce a inadmitir a trámite la denuncia, acordando el archivo de las actuaciones, sin perjuicio de las acciones que procedieran ante otros órdenes jurisdiccionales».

 

FacebookX TwitterPinterestLinkedInTumblrRedditVKWhatsAppEmail
Noticias relacionadas
  • Noticias relacionadas
  • Más de este autor
Legal

Bruselas expedienta a España

29 de abril de 20260
Legal

A NACIONAL: rechazadas las pretensiones de Koldo Garcia

29 de abril de 20260
Legal

CASO BEGOÑA GOMEZ: su defensa presenta otro informe pericial

29 de abril de 20260
Cargar más
Leer también
Economía

UE: se pierde la confianza económica

29 de abril de 20260
Mercados

Caídas generalizadas de las bolsas

29 de abril de 20260
materias primas

Rusia dice que no dejará la OPEP+ y el petróleo se dispara

29 de abril de 20260
Mercados

FED: el candidato Warsh sortea su ultimo obstáculo

29 de abril de 20260
DESTACADO PORTADA

SESION CONTROL: distracciones sanitarias

29 de abril de 20260
DESTACADO PORTADA

PRECIOS: el IPC cerrara en un 3,2%

29 de abril de 20260
Cargar más


Últimas noticias
  • UE: se pierde la confianza económica 29 de abril de 2026
  • Caídas generalizadas de las bolsas 29 de abril de 2026
  • Rusia dice que no dejará la OPEP+ y el petróleo se dispara 29 de abril de 2026
  • FED: el candidato Warsh sortea su ultimo obstáculo 29 de abril de 2026
  • SESION CONTROL: distracciones sanitarias 29 de abril de 2026
© 2023 Crónica Económica Ediciones
  • Aviso Legal
  • Política de privacidad
  • Política de cookies