Skip to content

  jueves 12 marzo 2026
  • Director: Alfonso Vidal
Crónica Económica
  • Opinión
    • Firmas
    • Colaboraciones
  • Economía
    • Industria
    • Servicios
    • Agricultura
    • Bancos
    • Cajas
    • Seguros
    • Laboral
  • Empresas
    • Energía
    • Inmobiliario
    • Telecomunicaciones
    • Infraestructuras
    • Industria
    • Retail
    • Distribución
  • Mercados
    • CNMV
    • Ibex
    • Mercados extranjeros
    • Divisas
    • Fondos
  • Gobierno
  • Historia
  • Fin de semana
    • Restaurantes
    • Vinos y Bodegas
    • Recetas
    • Libros
    • El cestillo
    • Cultura
    • Civilización
    • Tecnología
    • Tendencias
    • Moda
  • Alimentación
Última hora
11 de marzo de 2026AIE: aprobada la liberación de 400 millones de barriles de sus reservas 11 de marzo de 2026OPEP: la demanda de petróleo seguirá creciendo 11 de marzo de 2026PETROLEO: estabilidad temporal en los 90$/b 11 de marzo de 2026TRUMP: nuevas criticas hacia Sánchez 11 de marzo de 2026CUERPO: en busca de medidas anti crisis de consenso 11 de marzo de 2026VON DER LEYEN: Bruselas estudia medidas concretas 11 de marzo de 2026COSTA y RIBERA: tras la estela de Sánchez
Crónica Económica
Crónica Económica
  • Opinión
    • Firmas
    • Colaboraciones
  • Economía
    • Industria
    • Servicios
    • Agricultura
    • Bancos
    • Cajas
    • Seguros
    • Laboral
  • Empresas
    • Energía
    • Inmobiliario
    • Telecomunicaciones
    • Infraestructuras
    • Industria
    • Retail
    • Distribución
  • Mercados
    • CNMV
    • Ibex
    • Mercados extranjeros
    • Divisas
    • Fondos
  • Gobierno
  • Historia
  • Fin de semana
    • Restaurantes
    • Vinos y Bodegas
    • Recetas
    • Libros
    • El cestillo
    • Cultura
    • Civilización
    • Tecnología
    • Tendencias
    • Moda
  • Alimentación
  • Director: Alfonso Vidal
Crónica Económica
  Legal  TS rechazada una demanda por llamar a los jueces cuervos togados
Legal

TS rechazada una demanda por llamar a los jueces cuervos togados

El Tribunal Supremo ha inadmitido a trámite la denuncia presentada por Manos Limpias contra el expresidente catalán y eurodiputado de Puigdemont, al no apreciar delitos de injurias o de odio en un texto en el que llamó "cuervos togados" a los jueces españoles, a los que acusó de revolverse y enseñar "garras y colmillos". "Se les pone cara de general Pavía", añadió.

RedaccionRedaccion—21 de mayo de 20240
FacebookX TwitterPinterestLinkedInTumblrRedditVKWhatsAppEmail

El alto tribunal explica que «la libertad de expresión ampara el derecho a la crítica, también a jueces y magistrados, incluso cuando se formula en términos inapropiados y ofensivos como en este caso». Así, recuerdan que el Tribunal Constitucional ha precisado que «la reacción penal no está justificada frente a cualquier tipo de exceso en el ejercicio de ese derecho». El Supremo añade que «el discurso o expresiones denunciadas se produjeron en el contexto de un debate político y como expresión de una apreciación crítica de las actuaciones de los jueces y tribunales en el llamado ‘procés'».
ç»Las expresiones proferidas se limitan a una crítica desabrida a la actuación judicial y su contenido no permite su subsunción normativa en el delito de injurias y, menos aún, en el delito de discurso de odio, dado que se alejan notoriamente del espacio de tipicidad que diseña el artículo 510 del Código Penal», añaden los magistrados.

En esta línea, el tribunal cita en el auto resoluciones propias anteriores en las que el propio Supremo remarcó que «el Derecho penal no es herramienta apta para limar asperezas o imponer un estilo más plano, menos escandaloso, más objetivo o neutro; o para acallar una opinión agria, ni siquiera aunque pueda ser injusta».
También menciona una sentencia del Tribunal Constitucional del 2015 que indica que «los límites a los que está sometido el derecho a la libertad de expresión deben ser siempre ponderados con exquisito rigor», para «no correr el riesgo de hacer del Derecho penal un factor de disuasión del ejercicio de la libertad de expresión, lo que, sin duda, resulta indeseable en el Estado democrático».

El Supremo, ponderando el contenido, contexto y finalidad de los hechos denunciados concluye que, «si bien se trata de expresiones ofensivas e injustas, no son constitutivas de delito, razón que conduce a inadmitir a trámite la denuncia, acordando el archivo de las actuaciones, sin perjuicio de las acciones que procedieran ante otros órdenes jurisdiccionales».

 

FacebookX TwitterPinterestLinkedInTumblrRedditVKWhatsAppEmail
Noticias relacionadas
  • Noticias relacionadas
  • Más de este autor
Legal

FALCON: admitida una demanda para conocer sus movimientos

11 de marzo de 20260
Legal

CASO ABALOS /KOLDO: Ineco y Tragsatec podrán personarse

11 de marzo de 20260
Legal

TJUE: España a juicio

11 de marzo de 20260
Cargar más
Leer también
Energía

AIE: aprobada la liberación de 400 millones de barriles de sus reservas

11 de marzo de 20260
Energía

OPEP: la demanda de petróleo seguirá creciendo

11 de marzo de 20260
materias primas

PETROLEO: estabilidad temporal en los 90$/b

11 de marzo de 20260
General

TRUMP: nuevas criticas hacia Sánchez

11 de marzo de 20260
DESTACADO PORTADA

CUERPO: en busca de medidas anti crisis de consenso

11 de marzo de 20260
DESTACADO PORTADA

VON DER LEYEN: Bruselas estudia medidas concretas

11 de marzo de 20260
Cargar más


Últimas noticias
  • AIE: aprobada la liberación de 400 millones de barriles de sus reservas 11 de marzo de 2026
  • OPEP: la demanda de petróleo seguirá creciendo 11 de marzo de 2026
  • PETROLEO: estabilidad temporal en los 90$/b 11 de marzo de 2026
  • TRUMP: nuevas criticas hacia Sánchez 11 de marzo de 2026
  • CUERPO: en busca de medidas anti crisis de consenso 11 de marzo de 2026
© 2023 Crónica Económica Ediciones
  • Aviso Legal
  • Política de privacidad
  • Política de cookies