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Crónica Económica
  Legal  TS: rechazado el recurso de Iberdrola sobre los cárteles
Legal

TS: rechazado el recurso de Iberdrola sobre los cárteles

El Tribunal Supremo ha inadmitido el recurso de casación interpuesto por Iberdrola contra la sentencia dictada por la Audiencia Nacional que confirmaba su responsabilidad solidaria respecto a la infracción y sanción impuesta por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia a su antigua filial Amara por participar en los cárteles de distribución y fabricación de cables eléctricos.

RedaccionRedaccion—2 de julio de 20240
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En concreto, el Alto Tribunal no aprecia la existencia de interés casacional y determina que Ibedrola no ha logrado desvirtuar la presunción legal de influencia decisiva mediante la aportación de pruebas que revelaran que la filial actuaba de modo autónomo o fuera del ámbito decisorio de la matriz, según el auto de fecha 12 de junio de 2024, consultado por La Información. En otras palabras, que no ha podido probar que los actos de su antigua filial no estuvieran bajo la influencia directa y su propia decisiva, lo que ha determinado la responsabilidad solidaria atribuida a la matriz.
Iberdrola, por su parte, defiende que la sentencia de la Audiencia Nacional interpreta indebidamente la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea en relación con el concepto de influencia decisiva y su aplicación cuando la entidad matriz es damnificada por la actuación ilícita de una filial. Asimismo, considera que la sentencia recurrida no explica por qué la existencia de un daño a la matriz no es suficiente para desvirtuar la presunción de influencia decisiva.

Iberdrola vendió Amara en 2017, el mismo año en el que la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) desmanteló cinco cárteles integrados por once compañías y una asociación empresarial de fabricación y distribución de cables eléctricos por amañar precios y repartirse proyectos. Fabricaban y distribuían cables eléctricos de baja y media tensión para la construcción de hospitales, edificación de viviendas, uso doméstico, obras de empresas energéticas, de telefonía, ferroviarias, navales y grandes proyectos internacionales.
No obstante, el proceso comenzó en 2014 cuando Grupo General Cable Sistemas -y su matriz General Cable Corporation- denunció los hechos con la respectiva solicitud de clemencia, mediante la cual la empresa y/o el directivo que haya participado en un cártel pueden aportar información a cambio de la exención total o una reducción de la multa que le correspondería

Las empresas sancionadas, con sede en Madrid, Barcelona, Valencia y Portugal, amañaban los precios y otras condiciones comerciales, y se repartían los proyectos para asegurarse las ganancias, con el consiguiente encarecimiento de las obras. Entre las empresas sancionadas también se encontraba Negocios Industriales y Comerciales, que tenía como matriz a Abengoa. Esta participó junto con Comaple -y su matriz Oteinver- en el cártel de las distribuidoras, y se repartieron 25 proyectos de suministro de cables a compañías como Repsol, Petronor, Técnicas Reunidas e Initec.

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