La Audiencia Nacional ya dio un espaldarazo a la entidad presidida por Cani Fernández y mantuvo intacta la decisión. La teleco, que ha sido multada por ésta última en dos ocasiones en los últimos meses con hasta 11 millones en total por incumplir esas obligaciones, entiende que el decreto por el que se estableció el estado de alarma por el coronavirus en 2020 no puede justificar la ‘luz verde’ a esta decisión fuera del plazo establecido. Hoy estas limitaciones ya no están en vigor después de que vencieran en el segundo trimestre de este año.
En julio de 2020, hace más de tres años, la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) aprobó en consejo la prórroga de tres años más de los compromisos regulatorios impuestos a la operadora dueña de Movistar, entre los que se encontraban la venta mayorista de derechos de retransmisión premium como el fútbol (en base a una fórmula regulada). Pero lo hizo semanas después de que cumpliera el plazo legal que expiraba en abril de este año. La justificación hay que encontrarla en el estado de alarma que se levantó el 21 de junio. Telefónica recurrió ante la Audiencia Nacional, entendiendo que era una decisión nula. Pero los magistrados dieron la razón al organismo, argumentando que el procedimiento formal se inició antes del vencimiento de la fecha límite. «Atendemos al momento y al contexto en que tuvo lugar el comunicado para establecer su verdadero alcance», insistían en una sentencia.
La operadora arguye que la decisión tomada por la Comisión -en la que hubo dos votos discordantes de consejeros- infringe el decreto de estado de alarma. También defiende que incumple la Ley del Procedimiento Administrativo al permitir, por un lado, que la resolución de la Comisión produzca efectos más allá del plazo fijado en ella y por otro que pueda acordarse la prórroga de su vigencia vencido el plazo original, «ya sea mediante una restauración del plazo o dotándola de una eficacia retroactiva no declarada», explica en el auto del Alto Tribunal.
Los magistrados admiten que existe interés suficiente para analizar en la Sala de lo Contencioso si la Comisión puede acordar esa prórroga una vez expirada su vigencia inicial. Insiste en que no hay un pronunciamiento de esa sala previo por lo que es necesaria una sentencia para la formación de jurisprudencia. Ahora arranca todo el procedimiento que se podrá alargar durante más de un año por lo que no habría una posición concreta hasta la segunda parte de 2024, al menos un año después de que esos compromisos ya no estén vigentes -cumplieron el pasado mes de abril de 2023 sin que se renovaran porque en la autorización de la compra de Digital+ no se contemplaba una segunda prórroga-.
Desde esa resolución de 2020 y hasta su finalización hace varios meses, Telefónica ha vendido de manera obligada no sólo el fútbol al resto de sus rivales -sólo Orange los ha ido comprando, después de que Vodafone decidiera no adquirir más estos activos al entender que la fórmula regulada de la CNMC les perjudicaba- sino también otros canales premium como el de Series y Estrenos de Cine. Estos eran algunos de los compromisos impuestos para dar luz verde a la compra de la mayoría accionarial de Digital+ en el año 2015 lo que colocó a la operadora dueña de Movistar en una posición dominante en el mercado de la televisión de pago.
Si el Supremo decide mantener la sentencia de la Audiencia, no habrá ningún cambio. Si opta por anularla, quedaría por ver en qué situación se queda ese periodo de tres años de compromisos. Éstos decayeron a principios del mes de mayo. Ya no existen esas obligaciones. Lo que aún no se ha decidido en el seno de la CNMC es si realmente autoriza a Telefónica a comprar por cinco años los derechos de retransmisión de LaLiga. La adquisición se hizo el año pasado -con los ‘remedies’ en vigor- pero supeditada a que el organismo le diera luz verde, pues entre esas restricciones estaba la compra por un periodo máximo de tres ejercicios.
Lo que sí que ha sucedido desde el pasado marzo en el que se conoció la decisión de la Audiencia Nacional ha sido la imposición de dos sanciones que castigan el incumplimiento, a ojos del regulador, de esos compromisos. La primera fue a principios de ese mes cuando le exigió el abono de 6 millones de euros por poner sobre la mesa una permanencia ‘de facto’ en las antiguas ofertas de Fusión con la inclusión de un dispositivo móvil. La segunda, de 5 millones, se aprobó a finales de julio por el pacto comercial con Dazn que supuso, entre otras medidas, la exclusión de los contenidos de Fórmula 1 de su oferta mayorista de canales de 2021.
Este está siendo el primer verano sin ninguna restricción regulatoria para Telefónica y sus rivales. Ha habido cambios, pues varios de los canales de cine y series han salido de las ofertas de sus rivales -no tiene obligación de revenderlos en el mercado mayorista-. También ha habido propuestas comerciales novedosas que con este nuevo escenario son más sencillas, como Movistar Plus+, el rival de Netflix por 14 euros para no clientes (con un partido de LaLiga y otro de la Champions por jornada). Pero en lo que respecta al fútbol, todo sigue igual. Orange ha vuelto a comprarle el 55% de los partidos de LaLiga que está en su poder aunque ya sin la fórmula regulada por la CNMC -la teleco francesa llegó a asegurar hace unas semanas que la negociación fue «divertida»-.
En el terreno comercial tanto uno como otro han tratado de captar el mayor número de clientes de fútbol -se estima que hay entre 2 y 3 millones de abonados con el ‘deporte rey’ en sus paquetes de fibra, móvil y televisión de pago- pero sin las ofertas especialmente agresivas de años pasados. Los descuentos planteados son, a la postre, muy similares. Entre un 10 y un 15 por ciento de rebaja en los precios para la temporada. Pero esas mejoras se hacen con una obligación: incluir la adquisición de un dispositivo electrónico.