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  Legal  CONDE PUMPIDO: entre la espada y la pared
Legal

CONDE PUMPIDO: entre la espada y la pared

«Una actuación del Tribunal Constitucional español que produzca el efecto de impedir, limitar o disuadir de cualquier manera a un órgano jurisdiccional inferior de plantear una cuestión prejudicial podría incurrir en un incumplimiento del Derecho de la Unión, legitimando así a la Comisión Europea para iniciar un procedimiento de infracción contra España».

RedaccionRedaccion—28 de marzo de 20250
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Así de tajante es el primer informe interno del Tribunal Constitucional al hilo de la propuesta planteada por su presidente, Cándido Conde-Pumpido, en el Pleno del pasado martes para neutralizar la consulta que la Audiencia sevillana prepara contra el fallo de la causa de los ERE, ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE). No en vano, dicha resolución anuló, o rebajó, más de una decena de las penas impuestas a los responsables políticos de la trama. Entre ellos, los ex presidentes autonómicos Chaves y Griñán o la ex ministra Álvarez.

El dictamen firmado por la letrada adscrita al magistrado César Tolosa, dispone que la maniobra de Conde-Pumpido estaría fuera de la doctrina establecida y reconocida para los casos en los que existan discrepancias sobre la compatibilidad de una norma interna o de la resolución dictada por un tribunal nacional, con el Derecho comunitario vigente para una materia concreta. En este caso, el delito de malversación.
No en vano, ya existen precedentes jurisprudenciales de la propia Justicia europea anticipando la respuesta a las pretensiones del veterano jurista gallego. Entre ellas, la más reciente, dictada en el marco del ‘caso MG’ en el que el TJUE amonestó a Polonia por aplicar medidas disciplinarias a los jueces domésticos que se atreviesen a dirigirse a la instancia supranacional para pedir aclaraciones.

De hecho, como recoge el informe que se ha conocido en las últimas horas, hay doctrina consolidada sobre cómo en base al artículo 267 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE) la «facultad» de los jueces y magistrados de cada uno de los países miembros, en este sentido, es «amplísima» para decidir si procede elevar cuestión prejudicial en alguno de los asuntos que conocen. La decisión emana del «diálogo» entre los jueces competentes que son los únicos a los que «corresponde» tanto la voluntad de un pronunciamiento del TJUE «para dictar sentencia como la pertinencia de las cuestiones» que se remitirán a éste, recuerda el dictamen.

Conde-Pumpido manifestaba a comienzos de esta semana sus dudas sobre la posibilidad de que un tribunal español pueda acudir al TJUE para desoír las sentencias del TC. Lo hizo en la reunión de la Sala Primera celebrada el pasado lunes pero posteriormente el asunto llegó a conocimiento de los demás magistrados, reunidos en la Sala Segunda. Y, ante el desconcierto interno, el tema acabó abordándose en Pleno, pese a no constar en el orden del día, a lo largo del martes y el miércoles, con «un monólogo» del presidente que ocupó más de «dos horas» de tesis y explicaciones.
Sin embargo, pese al cierre de filas aparente del bloque izquierdista con el titular del órgano, fueron varios los magistrados que hicieron uso de la palabra para incidir en la necesidad de que la decisión que finalmente se adopte cuente con un amplio respaldo. Es decir, tendría que ser unánime.

Se espera que el asunto se aborde en un nuevo Pleno pero ya con el apoyo de la «documentación necesaria», según indican las fuentes consultadas. Esto es, la providencia de la Audiencia de Sevilla y los informes encargados por los distintos magistrados, ya que está previsto que a este primero se sumen otros, incluido el impulsado por Conde-Pumpido.

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