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  Legal  FISCALÍA: se investigará a los municipios incendiados
Legal

FISCALÍA: se investigará a los municipios incendiados

La Fiscalía especializada en Medio Ambiente y Urbanismo ha remitido un escrito a los fiscales provinciales para que comprueben si los municipios más afectados por los incendios forestales tienen planes de prevención, tal y como fija la Ley de Montes de 2003.

RedaccionRedaccion—21 de agosto de 20250
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Esta investigación podría acarrear importantes problemas, incluso condenas a los ayuntamientos en caso de que no tuvieran esos planes, ya que están obligados por Ley. Pero también es cierto que esta Fiscalía especializada envía escritos todos los años para que se adopten medidas encaminadas a prevenir los incendios. Según recoge la misiva firmada el pasado lunes, el pasado febrero se elaboró el informe anual en el que se reiteró que «la prevención de los incendios forestales es una prioridad para esta Fiscalía de Sala».
Para el fiscal, «es evidente» que «la situación que en este momento estamos sufriendo es debido a la ausencia o, en su caso, la aplicación improcedente de los planes de prevención de incendios». «De lo contrario no se explica lo que está pasando», señala.

Así las cosas, insta a los fiscales provinciales a exigir responsabilidades penales a quienes han tenido la «obligación» de elaborar dichos planes de prevención y no lo hayan hecho. Y apunta, además, que en los casos en los que la actuación no pueda ser constitutiva de delito, pueden informar a la «administración sancionadora» correspondiente. Con todo, el fiscal jefe reconoce que «es evidente» que los incendios forestales «raramente tienen una sola causa y que su complejidad en ocasiones las causas son inabarcables, complicándose además por factores completamente ajenos, tales como son el debate político o por diferentes interferencias extrañas y de distinto tipo, que complican todavía más la situación».

No obstante, insiste en que «existe una obligación de objetividad e imparcialidad por parte del Ministerio Fiscal, reconocida en el artículo 124 de la Constitución Española», que les obliga a tomar en consideración aspectos a los que tradicionalmente, no se ha hecho alusión o simplemente no se han utilizado, pero que no son en modo alguno extraños en una materia que ya es novedosa per se».

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