Así consta en un escrito, al que ha tenido acceso Europa Press, que ha presentado ante el Juzgado de Instrucción Número 41 de Madrid y que recoge los argumentos que esbozó el sábado 27 de septiembre en la vista en la que se informó a las defensas de Gómez, de su asesora, Cristina Álvarez, y de Martín Aguirre, de que en caso de ir a juicio por malversación serían juzgados por un jurado popular, es decir, por ciudadanos y no por un tribunal compuesto por jueces.
Al igual que hizo la Fiscalía, la Abogacía pidió al instructor que archivara para Martín Aguirre la pieza separada en la que investiga si se produjo un desvío de dinero público en la designación de la trabajadora de Moncloa y si ésta desempeñó funciones privadas para la mujer del jefe del Ejecutivo.
Los servicios jurídicos del Estado negaron que Martín Aguirre participara en el nombramiento de Álvarez para desempeñar funciones privadas de Begoña Gómez con cargo a fondos públicos mientras ejercía de ‘número dos’ en la Secretaría General de Presidencia en julio de 2018. «No intervino de ningún modo en dicho nombramiento», aseveraron. En este sentido, explicaron que el nombramiento de Martín Aguirre como secretario general de Presidencia tuvo lugar el 20 de julio de 2021; «es decir, tres años después de los hechos objeto de investigación». «Por lo tanto, resulta incontrovertido que nuestro representado no tuvo participación ni conocimiento alguno en la decisión de contratar a Cristina Álvarez en 2018, quedando desvirtuada la única base que se invocó inicialmente para imputarle», añadieron.
Según sostuvieron, está «plenamente justificado el sobreseimiento de la causa» respecto de Martín Aguirre y «mantener la imputación carece de fundamento fáctico y jurídico, dada la inexistencia de delito en los hechos indagados y la absoluta ausencia de indicios de participación de nuestro representado».
Así las cosas, la Abogacía del Estado incidió en que «cualquier supuesta apariencia inicial de irregularidad ha quedado desmentida con la documentación obrante en la causa y con la doctrina sentada por el Tribunal Supremo sobre estos mismos hechos», en referencia a la decisión del alto tribunal de rechazar la exposición razonada en la que Peinado pedía investigar al ministro de Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Félix Bolaños, por presunta malversación en la designación de Álvarez como personal eventual de Moncloa.