En las alegaciones, el abogado del Estado expone que las declaraciones testificales cuya admisión y práctica reclama el recurrente fueron solicitadas en virtud de escrito de fecha 12 de mayo de 2025, y denegadas en virtud de auto de fecha 28 de mayo de 2025, habiendo transcurrido el plazo de instrucción sin que se haya acordado su práctica.
«El recurrente no ha pedido en ningún momento una prórroga del plazo de instrucción ‘ad cautelam’ en línea con su estrategia de recurrir la denegación de diligencias de instrucción, ni tampoco solicita en su recurso la retroacción de las actuaciones, ni que la eventual decisión de admisión de diligencias que reclama a esta Sala tenga efecto retroactivo», señala el abogado del Estado.
De igual modo, el fiscal del caso ha rechazado en otro escrito que se incorpore un informe pericial a petición de la defensa y asegura que este movimiento procesal supone una «maniobra dilatoria» del procedimiento ante la apertura de juicio oral ya dictada y que «no debe ser aceptado».
En su escrito de acusación, el fiscal y el abogado del Estado solicitan tres años y nueve meses de cárcel para González Amador por dos delitos fiscales en concurso medial con falsedad documental. Mientras que la acusación que ejerce el PSOE y Más Madrid elevaba la petición de pena a cinco años de prisión al incluir un delito contable y otro de pertenencia a grupo criminal.
En cuanto a González Amador, se sentara en el banquillo de los acusados por un delito contra la Hacienda en relación al impuesto sobre sociedades del ejercicio 2020 en concurso medial con un delito de falsedad en documento mercantil; y otro similar en relación al ejercicio 2021.
De igual modo, se le juzgará por un delito continuado contable y otro delito de pertenencia a grupo criminal.
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