El Consejo General del Poder Judicial considera que el juez Peinado pudo cometer dos faltas leves en el caso de Begoña Gómez y deja en manos del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) la posible imposición de sanciones disciplinarias contra el magistrado.
Tras la reunión Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, celebrada este martes, el órgano ha decidido por mayoría remitir al Tribunal Superior de Justicia de Madrid dos de las diligencias informativas abiertas contra el instructor del caso Begoña Gómez a raíz de quejas presentadas por las defensas. La resolución ha contado con el voto particular de los vocales José Eduardo Martínez Mediavilla, José Carlos Orga Larrés, Isabel Revuelta de Rojas y Alejandro Abascal Junquera.
Será el TSJ de Madrid quien decidirá si abre sendos expedientes contra el magistrado por faltas leves de “desconsideración” y “retraso”, respectivamente. La primera de ellas se refiere a la afirmación que realizó sobre la posible ayuda de los escoltas de Presidencia del Gobierno en el caso de que Begoña Gómez se diera a la fuga.
Por otra parte, la Comisión Permanente ha acordado archivar otras cuatro diligencias informativas, entre ellas una abierta a raíz de la queja presentada por el ministro de Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Bolaños.
El ministro protestó después de considerar que Peinado llevó a cabo “actuaciones anómalas”, como la petición del magistrado de contar con un vehículo oficial para acceder al Palacio de la Moncloa a tomarle declaración o “de una tarima para ubicarse físicamente en una posición más alta” que el ministro, así como de la interrupción de la testifical “para que el ministro saliera a consultar un dato que había asegurado desconocer”. Ahora, la Comisión Permanente considera que citada queja se refiere a cuestiones “accesorias de la declaración judicial” y están basadas en “interpretaciones de las normas procesales que pueden ser discutibles, pero que no alcanzan relevancia disciplinaria y no supusieron la vulneración de ningún derecho del testigo”. Además, recalca que “aunque la diligencia se desarrolló en un clima de tensión, no hubo desconsideraciones explícitas al declarante”.
Una de esas diligencias informativas en las que el CGPJ ve una posible infracción se abrió después de que la Comisión Permanente acordara remitir al Promotor de la Acción Disciplinaria el auto dictado por Peinado en el que sugería que las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado podrían colaborar en la fuga de la esposa del presidente del Gobierno, ya que dichas afirmaciones podían constituir una falta de desconsideración.
Aunque el Promotor de la Acción Disciplinaria proponía el archivo por considerar que solo podría entrar a analizar esas manifestaciones si le fueran remitidas por la Audiencia Provincial de Madrid, la Comisión Permanente señala que hay precedentes jurisprudenciales que permiten sancionar el uso de esas expresiones sin ese requisito.
