La Abogacía del Estado respalda en el Tribunal Constitucional la petición de Junqueras de que se suspenda cautelarmente la pena de inhabilitación que sigue pesando sobre él, y que le impide presentarse como candidato en unas elecciones hasta 2031, después de que el Tribunal Supremo se negase a amnistiar el delito de malversación por el que fue condenado por su papel en el «procés».
En sus alegaciones los Servicios Jurídicos del Estado apoyan que esa medida quede en suspenso de forma cautelar mientras la corte de garantías que preside Cándido Conde-Pumpido tramita el recurso de amparo del líder de ERC, que considera que la Sala Penal del Supremo ha vulnerado sus derechos fundamentales al negarse a aplicarle la Ley de Amnistía.
El político independentista mantiene que si se mantiene en vigor esa inhabilitación puede causarle un perjuicio irreparable en caso de que finalmente el TC le de la razón y le conceda el amparo, pues mientras tanto –según puso de relieve su abogado, Andreu Van den Eynde– tanto a él como al exconseller Raül Romeva se les impide «hacer de políticos y se les impide trabajar en su carrera profesional habitual».
Según esas mismas fuentes, la Abogacía del Estado esgrime para secundar la petición de Junqueras y del resto de condenados sobre los que pesa una condena de inhabilitación (el indulto parcial que les concedió el Gobierno de Pedro Sánchez en contra de la Fiscalía y del Tribunal Supremo solo extinguió sus penas de prisión, pero no las de inhabilitación) no supone una «perturbación grave» del interés general.
Y hace hincapié en que la intención del legislador al aprobar la Ley de Amnistía –que el pasado junio ya fue avalada por un TC dividido– es amnistiar las conductas por las que fueron condenados los líderes independentistas, también la malversación que el Supremo considera extramuros del objeto de la polémica norma. No en balde, el alto tribunal atribuye un enriquecimiento patrimonial a los condenados (un supuesto que la ley excluye expresamente de su ámbito de aplicación) porque los fondos públicos que destinaron a financiar el desafío soberanista en Cataluña se lo ahorraron de sus propios bolsillos.
Tras la derogación del delito de sedición por el que fueron condenados (una de las exigencias del independentismo para seguir apoyando parlamentariamente a Pedro Sánchez), la Abogacía del Estado ya pidió al Tribunal Supremo que rebajase de trece a siete años la condena impuesta, entre otros, a Junqueras.
Pero tras revisar su sentencia a consecuencia de ese cambio en el Código Penal, la Sala Penal mantuvo en febrero de 2023 la condena de trece años de inhabilitación para el líder de ERC por un delito de desobediencia y de malversación agravada.
En su demanda de amparo, Junqueras acusa al Supremo de «rebelarse» contra la aplicación de la Ley de Amnistía y de intentar «sustituir al legislador para impedir la aplicación» de la norma. Y reprocha a la Sala que en su sentencia «en ningún caso» apreció ese «ánimo de enriquecimiento personal» que ahora le atribuye para negarles la medida de gracia.
Para su defensa, mantener esa inhabilitación es tratar de evitar «a toda costa» su «participación en política» recurriendo a una «interpretación irrazonable de la ley». Los Servicios Jurídicos del Estado no se han posicionado aún, sin embargo, sobre otra petición de suspensión cautelar: la del expresidente de la Generalitat Puigdemont, que quiere que el Tribunal Constitucional deje sin efecto la orden de prisión que mantiene en vigor contra él el magistrado del Tribunal Supremo Pablo Llarena, instructor de la causa del «procés».