En una nota de prensa que acompaña a su IV Barómetro Comisiones Bancarias, afirma que todas las entidades analizadas mantienen la comisión anual de administración de cuentas bancarias, excepto Bankinter, que pasa a un modelo de cuenta gratuita universal que permite una operativa básica.
«Banco Sabadell también ha cambiado de estrategia: era el único banco que cobraba una comisión, de 60 euros, a pesar de tener vinculación con la entidad. Ahora la retira, pero sube a 240 euros el coste de mantener una cuenta sin otros productos contratados», afirma.
Por primera vez, el barómetro incorpora un número índice propio elaborado por Asufin, basado en el coste de las comisiones de la banca, que compara el precio de los productos con la evolución del IPC y la rúbrica específica de servicios financieros.«En 2022, el precio de las comisiones se disparó al índice 124,70 frente al 120,80 del IPC y del 110,44 del IPC financiero. En 2023, los precios han escalado mucho más: del 125,75 de las comisiones, al 115,30 del IPC y el 111,45 del IPC financiero», señala.
En cuanto a las tarjetas, si no se cumplen los requisitos para que sean gratuitas, Asufin indica que los costes de emisión siguen siendo «elevados», de hasta 30 euros de media, y penalizándose el uso en cajero no propio.La asociación también llama la atención a los consumidores, puesto que las alertas de movimiento en cuenta «no tienen coste neutro». Los sistemas de notificación a través de SMS o similar pueden tener coste, con un «máximo de 0,12 euros en el caso de CaixaBank», pero en la medida en que pueden ser cargos acumulativos, se puede sumar un importe «relevante».
Por otro lado, afirma que bajan «de forma moderada» todos los costes por descubierto, tanto los intereses, que descienden del 6,77% al 6,1%, como las comisiones por descubierto, que lo hacen del 4,5% al 4%. Se abaratan también las comisiones de reclamación que se pagaban de forma fija, de 38,50 euros a 32,82 euros.
No obstante, insiste en advertir de la duplicidad en los cargos por descubierto. «El propio Banco de España tiene en el foco la comisión por reclamación de posiciones deudoras y prohíbe que las entidades cobren más de una vez por la reclamación de un mismo saldo impagado aunque se mantenga en distintos periodos de liquidación».Afirma que existe una jurisprudencia «extensa» al respecto de considerar que esta comisión resulta «poco transparente» y, por ende, «abusiva», ya que «los jueces estiman que se dan duplicidad de cargos o que no corresponden a ningún servicio efectivamente prestado por la entidad».
«El propio Tribunal Supremo, en su sentencia 566/2019, de 25 de octubre de 2019, anuló una cláusula de estas características y dictó que para que las entidades puedan cobrar comisiones a sus clientes deben cumplirse dos requisitos: que retribuyan un servicio real prestado al cliente y que los gastos del servicio se hayan realizado efectivamente», concluye la asociación.