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  Legal  Bolaños y las declaraciones de Sánchez
Legal

Bolaños y las declaraciones de Sánchez

Bolaños ha insistido en que Sánchez, como jefe del Ejecutivo, "tenía derecho a declarar por escrito" en la causa que se sigue contra su esposa por presuntos delitos de tráfico de influencias y corrupción en los negocios.

RedaccionRedaccion—23 de septiembre de 20240
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«Sin embargo, el juez decidió que fuera una declaración presencial y grabada. Hoy se la entrega a las partes, blanco y en botella», ha apuntado en una rueda de prensa celebrada este lunes en una de las sedes del Ministerio. Cabe recordar que tras enterarse de su citación, Sánchez envió una carta al juez en la que alegó que tenía derecho a declarar por escrito. Se amparó en el punto de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LeCrim) que diferencia entre la declaración de un presidente por hechos de los que tenga conocimiento por «razón de su cargo» o por hechos ajenos a su ejercicio como mandatario. En el primer caso, la norma da la posibilidad de declarar por escrito; en el segundo, no.
El presidente del Gobierno insistió en que para «garantizar el estricto cumplimiento del ordenamiento jurídico», y dadas las cuestiones que se investigan en la causa, su declaración debía producirse «conforme a lo establecido en el artículo 412.2 de la LeCrim»; es decir, por escrito.
Finalmente, se mantuvo la decisión de que Sánchez debía declarar de forma presencial y el juez Peinado se desplazó hasta La Moncloa para tomarle declaración. El 30 de julio, el presidente del Gobierno se acogió a su derecho a no declarar amparándose en el artículo 416 de la LeCrim, que respalda que como cónyugue de Begoña Gómez estaba «dispensado de la obligación de declarar».

La negativa de Sánchez quedó registrada en vídeo, toda vez que el instructor encargó grabar la comparecencia. Está previsto que este lunes los abogados que ejercen las acusaciones populares en la causa, así como la Fiscalía, tengan acceso al material audiovisual.
En el marco de la comparecencia, la prensa también ha preguntado al ministro por la decisión de la Abogacía del Estado de presentar una batería de recusaciones contra el magistrado conservador Macías para apartarle del debate sobre la ley de amnistía en el Tribunal Constitucional (TC). Bolaños ha señalado que la actuación de los servicios jurídicos del Estado «tiene que ver estrictamente con las causas legales que establece la ley para la abstención y recusación de un magistrado y, por tanto, obedece a criterios técnicos».

«Ahora es el Tribunal Constitucional el que ha de aplicar su propia doctrina, sus propios criterios para resolver lo que proceda. Por parte de este Gobierno siempre estaremos en el prestigio y en el reconocimiento de la labor que hacen los órganos que han de dictar sentencias», ha añadido. Al margen, el titular de Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes también se ha pronunciado sobre la decisión del Tribunal Superior de Justicia de Canarias de suspender de forma cautelarísima el protocolo de dicha comunidad autónoma relativo a menores no acompañados.

«Cualquier decisión que se adopte desde el punto de vista político, desde el punto de vista del Derecho, ha de ser una decisión con todas las garantías para proteger el interés superior del menor. En esa línea, la Fiscalía interpuso una demanda contencioso-administrativa con una solicitud de cautelares que la Justicia ha admitido. Y por tanto, mi total respeto a la decisión que ha tomado el TSJ de Canarias en este caso», ha apuntado.
Con todo, Bolaños ha precisado que desde el Gobierno la semana pasada solicitaron al Consejo de Estado un dictamen para «conocer cuál es la opinión jurídica de ese órgano consultivo del Gobierno» sobre dicho asunto.

 

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