Fue la pasada semana cuando en un auto, el magistrado Moreno explicaba que, de lo informado por el Tribunal Supremo, resultaba que Pardo de Vera «habría tenido una decisiva participación en la contratación aparentemente irregular de Rodríguez por la empresa Ineco», a instancia de Ábalos y de su exasesor en el Ministerio, Koldo García.
El juez de la Audiencia Nacional mencionaba los dos contratos de trabajo de Rodríguez con Ineco y Tragsatec y explica que se trató de una actividad profesional de naturaleza administrativa en la que la trabajadora quedó adscrita a la presidencia de Adif, cargo que ostentaba entonces Pardo de Vera. En su resolución, apuntaba a posibles delitos de malversación y tráfico de influencias.
El instructor de esta causa en la AN tomó esta decisión -respaldada por la Fiscalía Anticorrupción– a instancias del juez que investiga el ‘caso Koldo’ en el Tribunal Supremo, Leopoldo Puente, que apreció indicios de delito en la actuación de Pardo de Vera por la «caprichosa» contratación de Rodríguez. Puente, en concreto, dedujo testimonio a AN el pasado mes de abril para que Moreno tomase una decisión.
El juez Moreno destaca que Rodríguez, en su declaración como testigo en el Supremo, afirmó que no prestó actividad profesional o laboral de ninguna naturaleza en ninguna de las dos empresas, «que ni siquiera asistía su puesto de trabajo, aunque percibía puntalmente los correspondientes salarios durante aproximadamente, uniendo ambos periodos, dos años y medio».
Según el magistrado, «se desprende la existencia de indicios bastantes para considerar que Pardo de Vera ha tenido una relevante participación en la contratación aparentemente irregular por las empresas públicas Ineco y Tragsatec de Jésica Rodríguez a instancia de Ábalos y García, sin que la trabajadora durante el periodo en que estuvo contratada desplegara actividad laboral alguna».
Los hechos que constan en las actuaciones, según el magistrado, podrían ser constitutivos de delitos de malversación de caudales públicos, habida cuenta del posible perjuicio para el patrimonio público, y delito de tráfico de influencias. El instructor indicaba que para determinar la posible trascendencia penal del proceso de contratación de Rodríguez resultaba procedente también la declaración testifical de responsables de Ineco y de Adif que, de acuerdo con la documentación aportada, se desprende que tuvieron un papel relevante en su contratación.