En un auto de 178 páginas fechado este lunes, Calama sobresee la causa sobre el sucesor de Ron al frente del banco, Saracho, al no haber intervenido en dichas vulneraciones de la normativa contable. Según señala el magistrado, los inversores acudieron “engañados” a la ampliación de capital, puesto que los estados financieros de ese año y de 2015 “no reflejaban la imagen fiel del balance ni del patrimonio”.
Después de la aprobación por parte de la junta de accionistas, en abril de 2016, de la ampliación de capital, el consejo de administración lo aprobó el 25 de mayo de ese año, previa consulta a la comisión de Auditoría, que emitió un informe favorable sin contar con ningún estudio detallado por escrito. En dicho encuentro estaban presentes los auditores de PwC, que no advirtieron a los miembros de dicha comisión de ningún problema en las cuentas del año 2015 y de los meses transcurridos de 2016.
Según el magistrado, se ocultó a los inversores pérdidas de 2.500 millones de euros. En cuanto al folleto de la ampliación de capital, añade el auto, «se ofrece una información financiera conscientemente alterada, que ocultaba a los inversores enormes déficits de provisiones entresacada de las cuentas anuales del año 2015, que fueron auditadas por PwC, y de los estados financieros a cierre de marzo de 2016·.
De haberse tenido en cuenta dicho déficit de provisiones, prosigue, «el resultado contable de la cuenta de pérdidas y ganancias habría arrojado como mínimo 2.500 millones de pérdidas, en vez de los beneficios declarados», aparte de alterar sustancialmente numerosas ratios de las cuentas, las cuales se utilizan por los inversores para su análisis financiero.
Calama da por hecho que en la comercialización de la ampliación de capital se dieron a las oficinas «instrucciones veladas» por parte del entonces consejero delegado, Francisco Gómez, para financiar a clientes la compra de títulos, algo que impedía la política de riesgos del banco. Esos importes financiados no se descontaron del capital regulatorio que afectaba al banco, lo que implicaba dar al mercado una imagen distorsionada de la entidad. Otro de los aspectos abordados durante la instrucción es la estructura Thesan, creación de sociedades pantalla con sede en Luxemburgo, cuya única finalidad era canalizar créditos y evitar así que fueran considerados dudosos, con lo que se evitaba tener que hacer provisiones.
En su auto, el juez también destaca que ha dejado fuera de la investigación la actuación de los organismos supervisores -Banco de España, Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) y Banco Central Europeo (BCE)- al estar fuera de su competencia determinar si funcionó correctamente o no. En lo referente a la responsabilidad civil del Santander, que se hizo con el Popular al precio simbólico de un euro tras la resolución, Calama indica que la decisión se tomará cuando se emita el auto de apertura de juicio oral. Aparte de la instrucción sobre la ampliación de capital de 2016, que se inició en 2017, el juez de la Audiencia Nacional Santiago Pedraz investiga otra anterior, de 2012, en la que figuran como investigados Ángel Ron, el exvicepresidente de la entidad Roberto Higuera, y el auditor de PwC que revisó las cuentas de 2012 del banco José María Sanz Oliva.