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  Legal  CASO SALAZAR: la Fiscalía no apoya la investigación
Legal

CASO SALAZAR: la Fiscalía no apoya la investigación

El Ministerio Público pide inadmitir la querella de Hazte Oír al no estar legitimada para actuar en nombre de las presuntas víctimas.

RedaccionRedaccion—14 de enero de 20260
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La Fiscalía Provincial de Madrid ha solicitado la inadmisión de la querella presentada por la asociación Hazte Oír contra el exdirigente socialista Paco Salazar por presuntos delitos de acoso sexual. El Ministerio Público considera que no se cumplen los requisitos legales necesarios para iniciar una investigación penal, al no existir denuncias presentadas por las supuestas víctimas.

En el escrito, al que ha tenido acceso la prensa, la Fiscalía subraya que el acoso sexual es un delito semipúblico que exige, como condición imprescindible, la denuncia expresa de la persona agraviada. Así lo establece el artículo 191 del Código Penal, que limita la acción penal en este tipo de delitos a la voluntad de la víctima. En este caso, recalca el Ministerio Público, las mujeres afectadas no han interpuesto denuncia ni se han identificado formalmente.

Por este motivo, la Fiscalía concluye que concurre una «falta de legitimación» de Hazte Oír como acusación popular, al no poder actuar en nombre de unas presuntas víctimas que no han manifestado su voluntad de acudir a la vía judicial.

El Ministerio Público interpreta este anonimato como un indicio claro de la voluntad de las afectadas de no ser identificadas ni forzadas a participar en un procedimiento judicial. En este sentido, el escrito es explícito al señalar que «no sería procedente imponerles ser identificadas contra su voluntad» mediante diligencias derivadas de una querella presentada por terceros. No obstante, la Fiscalía precisa que esta decisión no cierra la puerta a futuras actuaciones. Recuerda que no existe impedimento alguno para que las trabajadoras que se consideren agraviadas puedan presentar una denuncia en cualquier momento, ejerciendo así sus derechos de forma directa.

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