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  Politica y partidos  CATALAN: las empresas tendrán que atender en catalan
Politica y partidos

CATALAN: las empresas tendrán que atender en catalan

Junts ha logrado introducir cambios sustanciales en el Proyecto de Ley de Atención a la Clientela, una norma estatal con gran alcance que regula los servicios de atención al cliente de las grandes empresas y operadores de servicios básicos de interés general.

RedaccionRedaccion—16 de septiembre de 20250
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El acuerdo alcanzado con el Gobierno español permite asegurar el derecho de los ciudadanos a ser atendidos en catalán por parte de las empresas y evita lo que Junts califica de «invasión de competencias propias de la Generalitat de Cataluña» gracias a la introducción de una disposición adicional al respecto. Entre las enmiendas acordadas, que deben ratificarse próximamente en ponencia, destacan:

Formación obligatoria en catalán para los trabajadores de los servicios de atención a la clientela, a fin de que puedan atender a los clientes en esta lengua con garantías.

Sustitución de la obligación de responder como mínimo en castellano por la de hacerlo con la lengua oficial con la que el cliente se haya dirigido a la empresa.

Las comunicaciones escritas y verbales de la empresa con el cliente también se adaptarán a la lengua elegida por éste al iniciar el contacto.

«Estas medidas suponen un cambio de paradigma, puesto que ponen por delante el derecho del consumidor a ser atendido en catalán sin que esto dependa de la buena voluntad de la empresa o de su ubicación territorial», dicen desde Junts.

La importancia del acuerdo se pone de manifiesto al analizar todas las empresas a las que afectará a la nueva ley:

– compañías eléctricas.
– ⁠compañías suministro de gas.
– ⁠compañías suministro de agua.
– ⁠compañías telefónicas.
– ⁠compañías aeronáuticas.
– ⁠compañías ferroviarias.
– ⁠compañías de transporte por bus.
– ⁠servicios postales.
– ⁠servicios de comunicación audiovisual de pago (plataformas).
– ⁠ entidades bancarias y servicios financieros.
– ⁠empresas de seguros.
– ⁠empresas que presten servicios públicos.
– ⁠cualquier otra empresa de más de 250 trabajadores.
– ⁠empresas de más de 50 millones de euros de facturación anual.

 

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