El Consejo aboga por permitir indemnizaciones adicionales para reparar daños y perjuicios. El Comité de Ministros del Consejo de Europa ha aprobado una recomendación en la que insta al Gobierno a proseguir con los esfuerzos «para garantizar que la cuantía de la indemnización por daños y perjuicios patrimoniales y no patrimoniales concedida a las víctimas de despidos improcedentes sin causa justificada, incluidos los trabajadores temporales contratados al infringir la ley, resulte disuasoria para el empresario, con el fin de garantizar la protección de los trabajadores frente a dichos despidos improcedentes».
El organismo insta a cambiar la ley actual con el fin de garantizar que la indemnización concedida en los casos de despido improcedente «tenga en cuenta el perjuicio real sufrido por la víctima y las circunstancias particulares de su caso».
El Comité Europeo de Derechos Sociales ya concluyó en junio del año pasado que España incumple la Carta Social Europea, que en su artículo 24 obliga a dar una indemnización adecuada a los trabajadores despedidos sin motivo. Sin embargo, el Tribunal Supremo determinó en julio del año pasado que la indemnización española es adecuada y repara los daños de forma justa sin hacer distinciones entre los trabajadores.
El alto tribunal descartó indemnizaciones adicionales y recordó que las decisiones del Comité Europeo no son vinculantes para los países.
