El trabajo que le hizo mundialmente conocido y el resto de sus temas fueron compuestos por el músico entre los años 60 y 70, pero estaban registrados ante la Sociedad General de Autores y Editores (SGAE) también a nombre del productor musical José Torregrosa.
Según el fallo, Torregrosa únicamente se limitó a transcribir en partitura estas obras que creó Paco de Lucía como músico autodidacta que era y razón por la cual carecía de los conocimientos para traducirlas él mismo. Este productor también fue quien registro con titularidad compartida sus obras musicales ante la SGAE. Ahora, la Audiencia Provincial de Madrid ha confirmado que ejerció un abuso de confianza hacia el que era verdadero creador de estas canciones, el histórico guitarrista algericeño, que, por otro lado, nunca se ocupó de estas gestiones.
Todo se destapó, señala la Sección Tercera, cuando su hija se preocupó por la situación del legado artístico de su padre y tuvo conocimiento de que Torregrosa también era sobre el papel propietario de estos trabajos. Una situación a la que los magistrados madrileños han puesto hoy punto y final.
Los herederos del productor aseguraban, por su parte, que, a la hora de transcribir las creaciones en partituras, Torregrosa introducía arreglos y modificaciones. Primero, desestimó esta versión un juzgado madrileño de lo Mercantil y, ahora, lo ha ratificado esta instancia superior provincial.
Los descendientes del hombre que se encargó de la producción de las canciones del considerado como mejor guitarrista de flamenco de la historia tuvieron que devolver las cantidades económicas que percibieron durante décadas por los derechos de autor, así como una compensación de 10.000 euros por los daños morales ocasionados a la familia del auténtico creador.
La Audiencia madrileña ha basado su decisión en el peritaje al que distintos expertos sometieron la obra de Paco de Lucía que tuvo como conclusión que las composiciones son «de tal complejidad técnica que solo podían ser concebidos por un guitarrista, y además de estilo flamenco». Lo que contrasta con el hecho de que el productor era pianista. Esta decisión judicial aún puede ser recurrida en casación ante el Tribunal Supremo por la familia de Torregrosa