Además, en una exposición razonada, la juez del caso del hermano de Sánchez acusa a Gallardo de fraude de ley por su aforamiento. La juez ha elevado su exposición razonada al Tribunal Superior de Justicia de Extremadura para que decida si asume la competencia en lo que respecta a la participación del líder del PSOE en la región, Gallardo, quien recientemente adquirió la condición de diputado autonómico y, por tanto, goza de aforamiento ante este tribunal.
La magistrada pide al Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, órgano competente para investigar y juzgar a los aforados, que tenga en cuenta que el movimiento el expresidente de la Diputación de Badajoz «no solo atenta contra el derecho al juez ordinario predeterminado por la ley, sino que causará perjuicios a la propia tramitación de la causa, que se será inevitablemente objeto de dilaciones tras la peregrinación de la misma a órganos superiores».
La jueza instructora de la causa de David Sánchez considera que «el aforamiento repentino» del líder del PSOE de Extremadura, Gallardo, el día antes de que ella dictara el auto de apertura de juicio oral supone un «fraude de ley». Dicho auto da curso a la acusación formulada por el sindicato Manos Limpias, que ejerce la acusación popular en solitario, después de que el Ministerio Fiscal solicitara el sobreseimiento de la causa. La magistrada-juez Biedma Rojano sostiene que existen indicios racionales de criminalidad suficientes para abrir el proceso, conforme a lo dispuesto en el artículo 783 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.
Los acusados están señalados por haber intervenido supuestamente en una trama de adjudicaciones irregulares de puestos públicos en la Diputación, mediante la creación ad hoc de cargos y convocatorias amañadas para favorecer a determinados perfiles políticos o afines.
Según el escrito de acusación, las irregularidades habrían consistido en la creación y dotación de plazas como la de Jefe de la Oficina de Artes Escénicas —ocupada por David Sánchez— o la de Jefe de Sección de Centros y Programas de Actividades Transfronterizas, atribuida a Luis María Carrero Pérez, también procesado. La acusación sostiene que estas plazas se crearon sin justificación técnica ni procedimiento legal, vulnerando el principio de mérito y capacidad en el acceso al empleo
La Fiscalía no vio suficientes indicios de delito, pero la magistrada ha validado la legitimación de la acusación popular para impulsar el proceso, en virtud de la jurisprudencia del Tribunal Supremo, cuando se trata de bienes jurídicos colectivos sin perjudicados individualizados.
El auto ordena también la anulación de los contratos vinculados a estas plazas, así como la devolución por parte de Sánchez y Carrero de los salarios cobrados durante el tiempo que desempeñaron esos puestos, una vez se determine la cuantía exacta.
El sindicato Manos Limpias solicita penas de prisión, inhabilitación y multas económicas para todos los implicados, en función del grado de responsabilidad y los beneficios obtenidos. Entre las peticiones más relevantes, destacan las siguientes:
• Miguel Ángel Gallardo Miranda, expresidente de la Diputación: 3 años de prisión en total, 15 años de inhabilitación y multa del doble del beneficio económico presuntamente derivado de los nombramientos irregulares.
• David Sánchez Pérez-Castejón, alcalde de Don Benito: 3 años de prisión, 6 años de inhabilitación y devolución de los salarios obtenidos en su etapa como jefe de la Oficina de Artes Escénicas.
• Luis María Carrero Pérez, ex alto cargo de la Diputación: 1 año y 6 meses de prisión, 6 años de inhabilitación y prohibición de recibir subvenciones públicas durante 8 años.
• Elisa Moriano Morales, Cristina Núñez Fernández y Félix González Márquez: 15 años de inhabilitación y multa de seis meses a razón de 180 euros diarios por prevaricación continuada y nombramiento ilegal.
A los restantes acusados —entre los que figuran Juana Cinta Calderón Zazo, Emilio Parejo Gala, Francisco Martos Ortíz, Ricardo Cabezas Martín y Manuel Candalija Valle— se les imputan delitos similares, con penas solicitadas de prisión, inhabilitación y devolución del dinero percibido por los puestos supuestamente irregulares.
El procedimiento continúa su curso sin efecto suspensivo pese a los recursos de apelación pendientes, ya que no se trata de resoluciones que pongan fin al proceso.