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  Legal  García Castellón no ve amnistiables los delitos de ‘Tsunami’
Legal

García Castellón no ve amnistiables los delitos de ‘Tsunami’

El juez de la Audiencia Nacional Manuel García Castellón no ve posible amnistiar algunos de los hechos más graves de la causa de 'Tsunami Democràtic', ni siquiera con la nueva enmienda pactada entre Junts y PSOE sobre el terrorismo.

RedaccionRedaccion—25 de enero de 20240
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Este es el mensaje que ha dejado en la última resolución firmada sólo un día después del pacto en el Congreso: «No puede minizarse esta acción ni el resultado grave que ocasionó, incompatible con el derecho a la vida e integridad física».En uno de los últimos trámites parlamentarios de la ley de amnistía en la cámara baja, los socialistas acordaron con los grupos independentistas y el resto de socios modificar el texto inicial que decía que se amnistiarían los delitos de terrorismo que no tuvieran sentencia firme, para introducir un nuevo concepto: quedarían bajo el perdón los actos terroristas que no fueran muy graves.
La redacción quedaba específicamente así: «Los actos tipificados como delito de terrorismo […] siempre y cuando, de forma manifiesta y con intención directa, hayan causado violaciones graves de derechos humanos, en particular, las previstas en el artículo 2 y 3 del Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales, en el derecho internacional humanitario». Pero este nuevo texto (más acorde a los estándares constitucionales y europeos, según fuentes jurídicas) dejaba un mayor margen de interpretación a los jueces.

El magistrado ha rubricado un nuevo auto con fecha de este 24 de enero para confirmar la personación en la causa de dos policías heridos graves en los incidentes de Barcelona en octubre de 2019, tras la sentencia del procés. García Castellón dice que la gravedad de esta acción, la repercusión pública que tuvo y el notorio interés mediático que motivó la hospitalización de los agentes lesionados, llevó incluso a que el presidente del Gobierno en funciones en aquel momento, acompañado del ministro del Interior, acudiera a visitarles al hospital donde permanecían ingresados.

Y sobre esto sustenta que los hechos podrían estar incardinados en el artículo 2 del Convenio Europeo de Derechos Humanos, precisamente el que cita explícitamente la ley de amnistía. En este punto se habla sobre el derecho a la vida. Esto complica la pretensión de los líderes independentistas investigados en este causa de ser perdonados una vez entre en vigor la norma.

Cabe recordar que el Tribunal Supremo tendrá que pronunciarse sobre la admisión de la exposición razonada que envió el juez García Castellón por considerar que debía ser ese órgano el competente para investigar a los aforados como el expresidente Carles Puigdemont.

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