La Sala de lo Contencioso-Administrativo ha determinado por unanimidad que el Ejecutivo no incumplió la norma al elegir a este fiscal para dirigir el Ministerio Público cuando el propio tribunal lo había sentenciado anteriormente por «desviación de poder».
El Supremo decide así no admitir el recurso que había interpuesto la Asociación Profesional e Independiente de Fiscales (APIF) argumentando que García Ortiz no debía ocupar ese despacho, después de que el Supremo considerara que había incurrido en un uso irregular de la ley para ascender a la máxima categoría a su antecesora Dolores Delgado. El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) había señalado, además, que García Ortiz no era «idóneo» para el cargo, en un informe consultivo que debe recabarse antes de la designación. La ponencia ha sido del magistrado conservador José Luis Requero, y la sección cuarta ha estado compuesta por Pablo Lucas (presidente interino), Luis Díez-Picazo, Antonio Jesús Fonseca-Herrero y Pilar Teso. Como desveló El Independiente, García Ortiz trató sin éxito de apartar a cuatro de los cinco magistrados que componen el tribunal porque eran los mismos que participaron en la famosa sentencia sobre la «desviación de poder». Los togados entendieron que no concurrían las causas de recusación porque su imparcialidad no estaba dañada.
La silla del jefe de todos los fiscales se ocupa de forma discrecional, es decir, su nombramiento es una prerrogativa del Ejecutivo. Sin embargo, el Tribunal Supremo lleva ya varios años indicando que el espíritu de la norma es que deba primar siempre el mérito y la capacidad de los aspirantes tanto a la hora de ponerlos como a la hora de quitarlos. Por eso, en noviembre de 2023 anuló la designación de Magdalena Valerio como presidenta del Consejo de Estado al considerar que ella no tenía el requisito de reconocido prestigio que le exige la ley.