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  Legal  La Audiencia de Sevilla plantea acudir a la Justicia europea por el caso ERE
Legal

La Audiencia de Sevilla plantea acudir a la Justicia europea por el caso ERE

El tribunal cuyas sentencias anuló el Constitucional pregunta a las partes sobre la procedencia de elevar una cuestión prejudicial al TJUE.

RedaccionRedaccion—29 de julio de 20240
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En efecto, son los magistrados de la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Sevilla, quienes tienen que decidir en las próximas semanas si internacionaliza los ERE andaluces planteando una cuestión prejudicial ante el TJUE después del varapalo del Tribunal Constitucional, que ha hecho una enmienda casi a la totalidad de las sentencias dictadas por la sala sevillana anulando, en todo o en gran parte, los delitos de prevaricación y malversación por los que fueron condenados los ex presidentes Manuel Chaves y José Antonio Griñán en la llamada pieza del procedimiento específico, la principal de la macro causa cuya instrucción inició la magistrada Mercedes Alaya en 2011.

Llevar el caso a Estrasburgo es lo que ha pedido el sindicato Manos Limpias, que ejerce la acusación popular, en un escrito presentado la semana pasada ante la Audiencia en el que sostiene que el TC que anuló las condenas de los ex presidentes y la mayoría de los ex altos cargos del PSOE «no es ni independiente ni imparcial» y que su interpretación es «totalmente contraria» a la obligación de protección de los intereses financieros de la Unión Europea en lo que respecta a la lucha contra la corrupción. Defiende, además, la organización que preside Bernad que se genera «un riesgo de impunidad respecto a los afectados» y que ello deriva en una «imagen de ausencia de persecución de la corrupción en España y de protección asimétrica de los intereses financieros de la Unión entre los estados miembros».

La Audiencia de Sevilla, mediante una diligencia de ordenación notificada este lunes y fechada el 25 de julio, ha trasladado la petición de Manos Limpias a las partes para que se pronuncien acerca de la idoneidad de plantear una cuestión prejudicial interpretativa al TJUE, de acuerdo a los que se establece en el artículo 4 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LPOPJ) y les da un plazo de diez días para que lo hagan.
Recuerda Manos Limpias en su escrito que el Tribunal Constitucional que anuló las condenas por los ERE estaba únicamente integrado por once miembros (en lugar de los doce que debe tener) y que, de ellos, nueve «tenían una vinculación con el Legislativo o el Ejecutivo español». Además, cinco de ellos (Conde-Pumpido, Inmaculada Montalbán, Juan Carlos Campo, Laura Díaz y María Luisa Balaguer) «presentaban vínculos directos con el PSOE, al que pertenecían muchos de los condenados». En consecuencia, insistía, «no cumplía el TC con las garantías de independencia e imparcialidad» exigidas en el artículo 2 del Tratado de la Unión Europea.

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