El Ministerio Público ha pedido al juez de la Audiencia Nacional que abrió diligencias previas contra el expresidente del Gobierno que no se admita la querella de Hazte Oír por falta de indicios. La organización subraya su presunta «colaboración con la estructura criminal» con el dirigente chavista capturado el pasado 3 de enero por Estados Unidos. En su opinión, el dirigente socialista «habría contribuido de forma decisiva a apuntalar y facilitar la operativa internacional del régimen».
El escrito de la Fiscalía Antidroga califica la querella como «conjeturas, suposiciones y deducciones infundadas y carentes del más mínimo sentido descriptivo ni apoyo fáctico alguno». Eso ha llevado al Ministerio Público a pedir al titular del Juzgado Central de Instrucción número 6 de la Audiencia Nacional, Antonio Piña, que desestime los hechos al no considerarlos constitutivos de los delitos denunciados «ni de ningún otro».
«El fiscal no aprecia que los hechos presenten unos mínimos caracteres de delitos», insiste el fiscal Francisco Javier Redondo. En su informe, que consta de diez páginas, Antidroga sostiene que los hechos recogidos en la querella «no son susceptibles de calificarse como delito de blanqueo de capitales procedentes del narcotráfico». «Además, unos están igualmente basados únicamente en informaciones periodísticas, lo que es insuficiente para incoar una investigación judicial, y otros están siendo ya investigados en otros procedimientos abiertos», aclara.
Piña abrió diligencias previas el pasado 9 de enero al considerar «procedente instruir diligencias previas y practicar aquellas esenciales». Ese día, el juez pidió a la Fiscalía que se pronunciara sobre la querella. Hazte Oír apunta en ella a la supuesta comisión de delitos de tráfico de drogas, blanqueo de capitales y pertenencia a organización criminal de Zapatero.
Un escenario que rechaza la Fiscalía Antidroga, que explica en su informe que la nacionalidad española del autor del delito no es criterio de atribución de la competencia a la Audiencia Nacional, según la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ). Redondo considera que la querella de Hazte Oír «ni describe mínimamente ni se imputan auténticos hechos de apariencia delictiva».
