El Ministerio de Igualdad que dirige la socialista Ana Redondo asume que cometió un «error técnico» al introducir durante el trámite parlamentario de la norma en el Congreso una enmienda que trataba de corregir un error anterior, cometido en la pasada legislatura por el mismo departamento, entonces dirigido por la eurodiputada de Podemos Montero. En concreto, rectificaba una disposición de denominada Ley ‘Trans’ que entró en vigor en marzo de 2023 que ‘borraba’ el blindaje ante el despido de las víctimas de violencia sexual introducido unos meses antes (en octubre de 2022) por la Ley Orgánica de garantía integral de la libertad sexual (LOGILS), según la justificación que acompañaba al texto de dicha ley presentado en mayo de este mismo año y firmado por los Grupos Parlamentarios del PSOE y Sumar.
Pero al hacerlo cometió el mismo fallo: ‘borró’ de la ley las nuevas ‘prohibiciones de despedir’ a las personas que pidan un cambio de jornada (y también la de los que pidan el permiso de cinco días por enfermedad, hospitalización o intervención quirúrgica) que el Gobierno había introducido a instancias del Ministerio de Trabajo en junio del pasado año. Eso sí, el Ejecutivo tampoco aprovechó aquella ocasión para resolver el error anterior de Igualdad, ni siquiera lo incluyó en el texto inicial de la Ley de Paridad aprobado por el Consejo de Ministros a finales del pasado año. No movió ficha hasta que llegó el momento de introducir enmiendas a esta norma, cuyo redactado final tras pasar por Congreso y Senado ha provocado el actual desbarajuste.
La situación estalló el lunes cuando los abogados laboralistas detectaron el cambio introducido en el texto de la disposición final novena. No era un cambio menor. Los bufetes llevaban un año advirtiendo de que fijar en el Estatuto de los Trabajadores la nulidad del despido solo por solicitar una adaptación de jornada, como puede ser el teletrabajo, había disparado la ‘picaresca’: muchos trabajadores lo solicitaban solo por blindarse ante la expectativa de ser despedidos y esto había provocado un aluvión de demandas y procesos judiciales.
Ante la sorpresa y la falta de explicaciones por una ‘rectificación’ que resultaba inexplicable cuando el Gobierno y en particular la vicepresidenta segunda del Gobierno y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, han convertido la conciliación en caballo de batalla de la Legislatura, las especulaciones sobre los motivos para esta marcha atrás de la ministra de Trabajo se dispararon. Algunos lo interpretaron incluso como un guiño a la CEOE para buscar nuevos acuerdos. Otros, como la abogada del despacho SincroGo Estela Martín, ya apuntaron a la tesis de que podría tratarse de un error, aunque sus consecuencias no son menos graves.
«Haya sido un error o haya sido intencionado, urge dar explicaciones y exponer si se trata de un error (en cuyo caso, habrá que subsanarlo lo antes posible) o bien de una medida intencionada (en cuyo caso también habría que explicar la razón del cambio). De momento, lo que estamos viendo ya en los despachos es que se han elevado las solicitudes de adaptación de jornada y, probablemente, veremos un aumento general de peticiones antes del 22 de agosto de 2024».
Tampoco es la primera vez que Igualdad ‘pisa’ una normativa laboral impulsada por Yolanda Díaz, aunque los precedentes se remontan a la pasada Legislatura, con Irene Montero al frente de ese departamento y Unidas Podemos en Gobierno de coalición. Lo sucedido muestra que la descoordinación en el seno del Ejecutivo como en los grupos parlamentarios: no olvidemos que hablamos de una enmienda presentada en mayo en el Congreso que, en teoría, ha pasado por todos los filtros de PSOE y Sumar antes de introducción en la norma, sin que nadie detectara lo ocurrido.
El Gobierno, en todo caso, garantiza que el ‘error técnico’ se va a subsanar, aunque de momento no ha explicado cómo. Las opciones son vía enmienda a algunos de los textos en tramitación, aunque el contexto político está bloqueando las tramitaciones. También se pue introducir en un nuevo decreto ley aprobado por el Consejo de Ministros, que entraría en vigor mucho antes. Aunque el Ejecutivo está estudiando todas las vías para resolverlo a la máxima brevedad. La cuestión es no parece haber ninguna fórmula para hacerlo antes del 22 de agosto, cuando la Ley de Paridad entra en vigor.
El cambio afecta a muchas demandas por despidos en curso. El Gobierno recalca que la justicia permite vías para que los jueces decreten la nulidad aunque esta no se recoja explícitamente en el Estatuto. Pero muchos laboralistas recuerdan que en este supuesto es el trabajador el que debe presentar los indicios de que su cese se debe a haber pedido una adaptación de jornada. Aun así, sus posibilidades de ganar el juicio son menores. Con la norma recién derogada, en cambio, se recoge explícitamente en el Estatuto de los Trabajadores como causa de nulidad de despidos objetivos y disciplinarios y es la empresa la que debe asumir la ‘carga de la prueba’. Es decir, demostrar que el despido no se vincula a la solicitud.
Pero este no es el problema. Y es que el ‘error técnico’ puede costarle a España un nuevo choque con la Comisión Europea. Y es que los laboralistas interpretan que esta rectificación a una medida introducida un año antes puede suponer una vulneración de la a directiva europea de conciliación, una norma que España ya ha incumplido en lo referente a la remuneración de los permisos parentales.
El Ministerio de Trabajo ha asumido públicamente que la cuestión de esos permisos retribuidos costará una mula de unos 7 millones de euros hasta que la normativa española pueda adaptarse a la comunitaria, algo que esperan solventar con la aprobación de los Presupuestos Generales de 2025. Pero la derogación de la disposición legal introducida vía Real decreto ley en junio de 2023 sería todavía más grave.
Estela Martín recuerda que la directiva establece que «los Estados miembros adoptarán las medidas necesarias para prohibir el despido y cualquier preparación para el despido de un trabajador por haber solicitado o disfrutado uno de los permisos contemplados» en ella, entre los que figuran explícitamente. Además, en el propio preámbulo del real decreto que introdujo la nulidad automática, se establecía que se hacía para cumplir lo dispuesto en la directiva. Es decir, España tendrá que explicar ante Bruselas lo sucedido para evitar un nuevo problema al hilo de una normativa comunitaria que, al menos en lo que se refiere a la protección por despido, ya había adaptado a nuestra legislación