Reynders deja por escrito de que la jurisprudencia española debe quedar sometida a aquello recogido por el derecho europeo. De esta manera, la ley de amnistía impulsada por los socialistas no podrá ser aplicada hasta que no se resuelva las cuestiones prejudiciales que le planteen los tribunales nacionales, «con independencia de lo que la legislación nacional establezca».
El comisario indica que la jurisprudencia del Tribunal de Justicia señala que el procedimiento prejudicial «exige suspender el procedimiento pendiente ante el órgano jurisdiccional remitente» a la espera de la respuesta del Tribunal de Justicia. De manera que, a pesar de las excepciones contempladas en la ley de amnistía, su efecto quedaría suspendido por el derecho comunitario.
«El principio de primacía se desprende que la exigencia del Derecho de la Unión de suspender el procedimiento nacional hasta que el Tribunal de Justicia se haya pronunciado sobre la petición de decisión prejudicial se aplica con independencia de lo que la legislación nacional establezca. Por lo tanto, el órgano jurisdiccional nacional debe dejar inaplicada cualquier normativa nacional que no respete este principio», recoge por escrito Reynders.El comisario de Justicia se apoya en el punto 25 de recomendaciones de tribunal europeo para defender que el derecho comunitario debe ser aplicado con independencia de la legislación nacional. En el se establece que «la presentación de una petición de decisión prejudicial entraña la suspensión del procedimiento nacional hasta que el Tribunal de Justicia se pronuncie».