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  Opinión  Colaboraciones  Solo el 10% de las empresas españolas trabaja con plazos de pago de 30 días
Colaboraciones

Solo el 10% de las empresas españolas trabaja con plazos de pago de 30 días

La Unión Europea impulsa la adopción de un reglamento sobre morosidad directamente aplicable en todos los Estados miembros que extienda la adopción de los 30 días como plazo de pago en las relaciones comerciales.

Equipo Crédito y CauciónEquipo Crédito y Caución—18 de junio de 20240
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De acuerdo con el Estudio de la Gestión del Riesgo de Crédito en España, que impulsan Crédito y Caución e Iberinform, solo el 10% de las empresas trabaja ya en sus pagos y en sus cobros dentro de ese plazo. Entre las empresas que tendrían que adaptarse son más las que ven la cara que la cruz de la medida: el 60% del tejido productivo cree que cobrar a 30 días a sus clientes mejoraría su liquidez y solo un 10% considera que tendría problemas para pagar a sus proveedores en ese plazo. El estudio muestra todavía un amplio desconocimiento de esta posible evolución legislativa: el 29% de las empresas españolas aún no conoce la propuesta de la Comisión Europea para endurecer la actual normativa contra la morosidad en las operaciones comerciales.

La Comisión Europea propuso en septiembre de 2023 sustituir la actual directiva de lucha contra la morosidad, vigente desde 2011, por un reglamento directamente aplicable y que establezca disposiciones únicas para toda la Unión Europea. El principal objetivo de la propuesta es la introducción de un plazo general de 30 días para las operaciones comerciales B2B o entre empresas y Administraciones Públicas. De acuerdo con las estimaciones de la Comisión, una de cada dos facturas vinculadas a las operaciones comerciales entre empresas en Europa se paga con retraso o no se llega a pagar y una de cada cuatro quiebras empresariales se debe a los problemas de liquidez que generan los retrasos en el pago de facturas de los clientes.

Tras su primera lectura, el Parlamento Europeo ha introducido cierta flexibilidad en el texto: establece los 30 días como plazo de pago máximo, con la posibilidad de negociar su extensión expresa hasta los 60 días. Para el sector minorista, por la baja rotación de sus productos, se propone permitir plazos de hasta 120 días y la fabricación y distribución de libros queda exenta. Está previsto que el procedimiento legislativo continúe después de la formación del nuevo Parlamento Europeo.

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