Solo en el caso de que el Constitucional, al resolver los amparos del «procés», determine que esa interpretación de la ley que hace el alto tribunal respecto al delito de malversación es «extensiva» –porque vulnera el principio de legalidad o el de seguridad jurídica– se vería impelido a aplicar ese fallo. Pero incluso en ese supuesto, tanto la Sala como el juez Llarena parecen dispuestos a demorar más esa decisión, abriendo la vía europea para plantear una cuestión prejudicial al TJUE, lo que acarrearía la paralización del procedimiento y, por tanto, dejaría en suspenso un posible archivo de la causa respecto a todos los afectados, con Carles Puigdemont y Oriol Junqueras a la cabeza.
De todas formas, llegados a ese punto y al margen de paralizar la causa a la espera de que la corte de Luxemburgo resolviera, Llarena debería decidir igualmente sobre las medidas cautelares en vigor –orden nacional de detención y prisión– que bloquean el regreso de Carles Puigdemont, que previsiblemente se dejarían sin efecto el tiempo que tardase el Tribunal de Justicia de la UE en pronunciarse sobre la interpretación que hace el Supremo de la Ley de Amnistía y sus excepciones en relación con el derecho comunitario.
Esta disyuntiva alcanzaría también a la Sala de lo Penal, pero en este caso la situación no es la misma, dado que Junqueras sí está condenado en firme a la pena de inhabilitación (no se trata de una medida cautelar, como en el caso del líder de Junts), por lo que según las fuentes consultadas tendría más papeletas para seguir sin poder concurrir a las elecciones a expensas del Tribunal de Justicia de la Unión Europea.
Al igual que en el TS no se ven concernidos por la sentencia del Constitucional, tampoco consideran que lo que diga el TJUE al resolver las cuestiones prejudiciales planteadas por el Tribunal de Cuentas, la Audiencia Nacional, el TSJ de Cataluña y un juzgado de lo Penal de Vilanova i la Geltrú, afecte a su negativa a amnistiar la malversación, dado que en esos casos lo que tiene que dilucidar Luxemburgo es si la Ley de Amnistía es contraria al derecho de la Unión respecto a la malversación y el terrorismo.
En todo caso, Puigdemont –que no tiene previsto pedir al Supremo que le aplique la amnistía tras la sentencia del TC– va a reclamar al tribunal que preside Conde-Pumpido, al presentar su recurso de amparo, que deje sin efecto cautelarmente la orden de detención y de prisión que pesa sobre él para no causarle perjuicios irreparables durante el tiempo que el TC tarde en pronunciarse.
Si el Pleno del Constitucional accediese a esa pretensión, el Supremo estaría obligado a dejarlas sin efecto. Pero en el alto tribunal no parecen contemplar esta posibilidad. «¿Cómo vas a justificar una medida cautelarísima contra una ley que tú mismo has declarado constitucional?», se preguntan las fuentes consultadas.
En esa misma línea, otras fuentes del alto tribunal dudan de que el TC pueda finalmente «dejar sin efecto cautelarmente una medida cautelar del Tribunal Supremo, y menos en el marco de un recurso de amparo en el que lo que se discute es una interpretación de ley ordinaria, que es competencia del Supremo».
Las fuentes consultadas sí muestran su extrañeza por el hecho de que el TC vaya a demorar la resolución de los recursos de amparo, sobre los que no se prevé que haya decisión, como pronto, hasta final de año. «Lo primero que tenía que haber resuelto eran las cuestiones de inconstitucionalidad e, inmediatamente después, el amparo de Oriol Junqueras y del resto de afectados por la interpretación de la malversación».
Según exponen, Conde-Pumpido «va a dejarle bien claro a Puigdemont que hasta que él no quiera no va a poder volver a España», porque los amparos se resolverán «cuando le interese a Sánchez», necesitado del respaldo del independentismo para no ver zozobrar la legislatura.