El Tribunal Supremo ha ratificado la medida que adoptó el instructor el pasado noviembre tanto respecto al exministro como en relación a quien fuera su asesor Koldo García ante el «sólido y robusto cuadro indiciario» contra ambos.
La Sala de Apelación rechaza los argumentos de ambos, que se quejan de la falta de indicios que justifiquen ese auto de procedimiento abreviado. Pero los magistrados discrepan y replican que existen elementos bastantes como para considerar «suficientemente justificada» la perpetración de los hechos que se les atribuyen en la «trama de las mascarillas».
Se trata, dice el Supremo, de argumentos defensivos «que no alcanzan a desvanecer la solidez de los indicios señalados por el instructor y que anticipan debates propios» del juicio. «Ni el instructor ni esta sala de apelación -recalca- estamos llamados a enjuiciar prematuramente; tan solo a preparar el enjuiciamiento una vez constatada la existencia de base indiciaria racional y suficiente».
Para los togados, muchas de sus alegaciones ya han sido resueltas durante la instrucción (entre ellas, las quejas por la denegación de varias diligencias por parte del juez Leopoldo Puente), por lo que no tiene sentido reiterarlas. «Quizás alguna de esas diligencias pueda ser adecuada en el plenario; pero ninguna resulta decisiva para dilatar la fase de investigación de forma innecesaria».
Quizás en el juicio, afirma el supremo, «puedan introducir matices o incluso desvirtuar algunas pruebas». Pero «carece de sentido», añade, «alargar una investigación cuando no solo hay personas en situación de prisión preventiva», sino que, además, «no es pronosticable ni en la más optimista de las previsiones» que las diligencias pretendidas «desmoronen» los indicios que detalla
La Sala elogia el recurso del abogado de Ábalos, el exfiscal de la Audiencia Nacional Carlos Bautista, al que se refiere como «extenso y muy trabajado con abundantes y eruditas referencias jurisprudenciales». Pero respecto a sus reparos sobre un posible pacto entre el empresario Víctor de Aldama, también procesado en esta causa, y la Fiscalía que pueda provocar indefensión a Ábalos y Koldo, el Supremo incide en que sus declaraciones «podrán ser más o menos fiables, pero aparecen corroboradas en muchos puntos por elementos independientes». Y en todo caso, matiza, será el tribunal de enjuiciamiento el que deberá «concederles crédito o no».
