Asimismo, ordena a los agentes que recaben de la oficina de móviles dependiente de la Subdirección General de Planificación y Gestión de Transformación Digital del Ministerio de la Presidencia, Justicia y relaciones con las Cortes y de la Dirección General de Racionalización y Centralización de contratación del Ministerio de Hacienda, la relación de ocasiones que les conste en las que desde el 31 de junio de 2023 García Ortiz haya cambiado de dispositivo móvil, con indicación de los datos de referencia de cada terminal (IMEI, número de serie y modelo).
Y de los mismos organismos se solicita la remisión de los dispositivos móviles que haya entregado (por desuso y por los anteriores cambios) Álvaro García Ortiz desde el pasado 7 de marzo, el primer día de los claves de la filtración.
Asimismo, el Supremo quiere tener a su disposición toda la información que exista sobre si los anteriores dispositivos móviles entregados han sido formateados y, en caso afirmativo identidad de la persona que haya procedido al formateo de los dispositivos móviles, fecha en la que dichos formateos se hayan producido, y software utilizado para efectuar el formateo.
Por otro lado, en una providencia de este mismo lunes, el instructor accede a lo solicitado por González Amador y ordena remitir su último escrito a las demás partes, así como a la presidenta del TS y del Consejo General del Poder Judicial, Isabel Perelló, «para su toma de conocimiento».
En ese escrito, el novio de la presidenta madrileña acusó al fiscal general de «mentir» al CGPJ en su queja por la difusión de sus datos personales, con el objetivo de «denigrar» tanto al Supremo como a la UCO, al tiempo que pidió al instructor que requiriera a García Ortiz el teléfono móvil que cambió una semana después de que se le encausara.
El abogado de González Amador respondió a la petición de Hurtado, que emplazó a las partes a hacer alegaciones después de que García Ortiz denunciara ante el CGPJ, por un lado, que se habían difundido datos personales suyos y de otras personas por la notificación que hizo el TS de un informe de la UCO y sus anexos y, por otro, que la Guardia Civil había excedido el mandato judicial para elaborar dicho informe.
Respecto a esto último, reprochó que la UCO aportara al TS el tráfico de llamadas entrante y saliente de sus líneas de teléfono personal y oficial desde las 23.50 del 7 de marzo de 2024 hasta las 00.01 del día 15 de ese mes, cuando el juez fijó el marco temporal entre el 8 y el 14 de marzo; y que le entregara un registro excesivamente detallado de las conexiones de sus tarjetas a los terminales, sin cumplir tampoco el periodo de tiempo establecido, en este caso desde 2020 hasta el pasado 23 de octubre.
Hurtado trasladó la queja de García Ortiz a las partes para que, en su caso, formulasen alegaciones, «en la medida que pueda verse afectado su derecho a la tutela judicial efectiva, caso de tales datos que se han de incorporar al sumario, en virtud de lo acordado en una resolución jurisdiccional, fueran omitidos».