Skip to content

  jueves 26 febrero 2026
  • Director: Alfonso Vidal
Crónica Económica
  • Opinión
    • Firmas
    • Colaboraciones
  • Economía
    • Industria
    • Servicios
    • Agricultura
    • Bancos
    • Cajas
    • Seguros
    • Laboral
  • Empresas
    • Energía
    • Inmobiliario
    • Telecomunicaciones
    • Infraestructuras
    • Industria
    • Retail
    • Distribución
  • Mercados
    • CNMV
    • Ibex
    • Mercados extranjeros
    • Divisas
    • Fondos
  • Gobierno
  • Historia
  • Fin de semana
    • Restaurantes
    • Vinos y Bodegas
    • Recetas
    • Libros
    • El cestillo
    • Cultura
    • Civilización
    • Tecnología
    • Tendencias
    • Moda
  • Alimentación
Última hora
26 de febrero de 2026CASO DAVID SANCHEZ: no piensa facilitar su domicilio 26 de febrero de 2026TJUE: varias aerolíneas multadas 26 de febrero de 2026TS: confirmada la sentencia de García Ortiz 26 de febrero de 2026A NACIONAL: Aldama citado de nuevo 26 de febrero de 2026CIA: Adif se adelanto 26 de febrero de 2026Juan Carlos I: el derecho al regreso y la importancia de la reconciliación nacional 26 de febrero de 2026Asia supera las expectativas
Crónica Económica
Crónica Económica
  • Opinión
    • Firmas
    • Colaboraciones
  • Economía
    • Industria
    • Servicios
    • Agricultura
    • Bancos
    • Cajas
    • Seguros
    • Laboral
  • Empresas
    • Energía
    • Inmobiliario
    • Telecomunicaciones
    • Infraestructuras
    • Industria
    • Retail
    • Distribución
  • Mercados
    • CNMV
    • Ibex
    • Mercados extranjeros
    • Divisas
    • Fondos
  • Gobierno
  • Historia
  • Fin de semana
    • Restaurantes
    • Vinos y Bodegas
    • Recetas
    • Libros
    • El cestillo
    • Cultura
    • Civilización
    • Tecnología
    • Tendencias
    • Moda
  • Alimentación
  • Director: Alfonso Vidal
Crónica Económica
  Legal  TJUE: varias aerolíneas multadas
Legal

TJUE: varias aerolíneas multadas

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha rechazado este jueves los recursos de casación presentados por una docena de aerolíneas --entre ellas Air France-KLM, British Airways, Air Canada, Lufthansa y SAS-- contra la multa de 776 millones de euros impuesta por Bruselas hace casi una década por su participación en un cártel para pactar precios en el mercado del transporte de mercancías.

RedaccionRedaccion—26 de febrero de 20260
FacebookX TwitterPinterestLinkedInTumblrRedditVKWhatsAppEmail

El caso se remonta en realidad a 2010, cuando los servicios comunitarios adoptaron una primera sanción de 790 millones de euros contra las aerolíneas, que entre 1999 y 2006 participaron en acuerdos ilegales de fijación de precios para servicios de transporte de mercancías dentro del Espacio Económico Europeo.
Los acuerdos consistían en contactos entre las aerolíneas, tanto bilaterales como multilaterales, con el objetivo de fijar el nivel de los recargos por combustible y seguridad. Todas las compañías, excepto una, impugnaron la decisión ante la Justicia europea, que en diciembre de 2015 anuló la decisión alegando un vicio de procedimiento, pero Bruselas adoptó una segunda decisión en 2017 que atendió a lo dictado por el Alto Tribunal de Luxemburgo y revisó la sanción a la baja, hasta los 776 millones.
Sobre esta segunda decisión de la Comisión Europea es sobre la que se pronuncia ahora en última instancia el TJUE este jueves, con una sentencia que rechaza la práctica totalidad de las alegaciones presentadas por las compañías aéreas, aunque estima parcialmente el recurso de casación de SAS Cargo Group.

El Tribunal con sede en Luxemburgo rechaza así los argumentos de las compañías aéreas en los que se basan para impugnar la competencia de la Comisión para sancionar la práctica colusoria relativa a los servicios de transporte aéreo de mercancías con origen en terceros países y destino en la Unión o en el EEE (transportes de mercancías entrantes). Además, señala que la Comisión puede constatar y sancionar un comportamiento adoptado fuera del territorio de la Unión o del EEE, siempre que se haya aplicado en dicho territorio (criterio del lugar de aplicación) o que sea previsible que produzca en ese territorio un efecto inmediato y sustancial (criterio de los efectos cualificados).

En cuanto al criterio de efectos cualificados, el Tribunal europeo apunta que Bruselas debe establecer que los efectos de las prácticas controvertidas deben ser «previsibles, inmediatos y sustanciales»; por lo que en la sentencia rechaza los diferentes argumentos relativos a los errores de Derecho supuestamente cometidos por el Tribunal General al examinar la calificación de esos efectos.

FacebookX TwitterPinterestLinkedInTumblrRedditVKWhatsAppEmail
Noticias relacionadas
  • Noticias relacionadas
  • Más de este autor
Legal

CASO DAVID SANCHEZ: no piensa facilitar su domicilio

26 de febrero de 20260
Legal

TS: confirmada la sentencia de García Ortiz

26 de febrero de 20260
Legal

A NACIONAL: Aldama citado de nuevo

26 de febrero de 20260
Cargar más
Leer también
Legal

CASO DAVID SANCHEZ: no piensa facilitar su domicilio

26 de febrero de 20260
Legal

TS: confirmada la sentencia de García Ortiz

26 de febrero de 20260
Legal

A NACIONAL: Aldama citado de nuevo

26 de febrero de 20260
Legal

CIA: Adif se adelanto

26 de febrero de 20260
Opinión

Juan Carlos I: el derecho al regreso y la importancia de la reconciliación nacional

26 de febrero de 20260
Firmas

Asia supera las expectativas

26 de febrero de 20260
Cargar más


Últimas noticias
  • CASO DAVID SANCHEZ: no piensa facilitar su domicilio 26 de febrero de 2026
  • TJUE: varias aerolíneas multadas 26 de febrero de 2026
  • TS: confirmada la sentencia de García Ortiz 26 de febrero de 2026
  • A NACIONAL: Aldama citado de nuevo 26 de febrero de 2026
  • CIA: Adif se adelanto 26 de febrero de 2026
© 2023 Crónica Económica Ediciones
  • Aviso Legal
  • Política de privacidad
  • Política de cookies