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  Legal  TS : nuevo rechazo de las pretensiones de Koldo
Legal

TS : nuevo rechazo de las pretensiones de Koldo

El Tribunal Supremo ha vuelto a rechazar dejar en libertad a Koldo García tras la petición efectuada in extremis por su abogada casi en la última sesión del juicio del "caso mascarillas" el pasado día 5.

RedaccionRedaccion—11 de mayo de 20260
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La Sala Penal no aprecia cambio alguno en su situación personal que justifique la medida. Los magistrados dejan claro en su resolución que desde el pasado noviembre -cuando el juez instructor acordó su prisión provisional – no se ha producido «ninguna modificación en las circunstancias valoradas» para acordar la medida cautelar, particularmente en lo relativo al riesgo de fuga. La Sala hace hincapié, además, en que una vez concluido el juicio, los magistrados están inmersos «en los inicios de una deliberación, compleja, que exige un examen detallado de la causa».

La abogada del que fuera asesor de Ábalos en el Ministerio de Transportes reclamó su puesta en libertad la terminación del juicio oral y la inexistencia de riesgo de fuga. Tanto la Fiscalía como la acusación popular se opusieron a la pretensión, insistiendo en que el riesgo persiste, sobre todo -pusieron de manifiesto- una vez los indicios contra él consideran que se han afianzado a lo largo de la vista oral.

Por otra parte, la defensa de Koldo García ha solicitado que se archive la investigación que dirige la Audiencia Nacional sobre los contratos de la trama de las mascarillas con los Gobiernos de Baleares y Canarias. En su escrito, la letrada del exasesor de Ábalos pide que se anule la citación de su cliente para declarar como investigado este jueves. La abogada denuncia que los hechos que investiga el juez de la Audiencia Ismael Moreno son «sustancialmente idénticos» a los que se incluyen en el juicio dirigido por el Tribunal Supremo.
El escrito de Leticia de la Hoz insiste en la idea —clave para la abogada— de que el desdoblamiento del caso Koldo entre el Supremo y la Audiencia Nacional implica la ruptura del principio del non bis in idem. Este principio garantiza que una persona no pueda ser juzgada dos veces por un mismo hecho, que es precisamente lo que le sucede a Koldo García, de acuerdo con su defensora. Esta circunstancia lleva a De la Hoz a reclamar el «sobreseimiento libre y archivo» de la causa y la anulación de la declaración de su cliente, prevista el 14 de mayo.
De acuerdo con el escrito de De la Hoz, la Fiscalía sostiene que los hechos podrían constituir un delito de tráfico de influencias, y los enmarca «dentro del esquema de los pagos mensuales en efectivo de 10.000 euros del señor Aldama al señor García Izaguirre». Tras apuntar esto último, la abogada explica que la Fiscalía Anticorrupción incluyó los contratos de Canarias y Baleares en su última intervención en el juicio del Supremo. A su juicio, ello implica una «admisión expresa por el Ministerio Público del solapamiento fáctico entre ambos procedimientos».

La abogada ahonda aún más, y explica tres planos en los que coinciden la investigación de la Audiencia Nacional y el juicio del Tribunal Supremo. Son los sujetos objeto de ambas causas, el «hecho nuclear» que las compone y los delitos que se atribuyen a Koldo García. Así, De la Hoz concluye que su cliente es objeto de una «doble persecución simultánea y prohibida».

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