Hasta el TJUE llegaron cuatro cuestiones prejudiciales presentadas por los tribunales españoles para que sentencie si la amnistía decretada por el Gobierno de Pedro Sánchez y aprobada por el Congreso en mayo de 2024 contraviene los intereses de la Unión Europea. El 16 de julio se conocerá la decisión sobre dos de ellas.
La primera cuestión fue presentada por el Tribunal de Cuentas español y se refiere a si el dinero que utilizó el entonces presidente de la Generalidad, Carles Puigdemont, para promocionar el referéndum ilegal del 1 de octubre de 2017 afectó a los fondos europeos.
La segunda cuestión, presentada por la Audiencia Nacional, pregunta si, al considerarse los actos violentos de los grupos CDR catalanes como actos terroristas, su amnistía contraviene el Derecho Comunitario que considera que la amnistía no cabe para el terrorismo.
Eso sí, estas decisiones vienen precedidas por el dictamen del Abogado General, Spielmann, lo que en España sería la Fiscalía, que el pasado mes de noviembre consideró que no se había producido una «autoamnistía», que no colisionaba con la legislación de la UE en la lucha contra el terrorismo o que no afectaba a los intereses financieros de la UE.
Por otra parte, la primera de estas dos sentencias dará una pista sobre la resolución que puede tomar el Constitucional sobre el recurso de amparo que ha presentado Puigdemont contra la decisión del Tribunal Supremo de no amnistiar el delito de malversación, que es el que le impide a Puigdemont entrar en España.
