Se congela así la resolución del Tribunal Económico-Administrativo Central (TEAC), según se recoge en el auto fechado el pasado 24 de junio, a la espera de resolver el recurso interpuesto por la compañía.
Como se señala en el texto, se entiende que de ejecutarse ya el pago, podría suponer un riesgo para el devenir del procedimiento: «Riesgo relevante de pérdida de la finalidad legítima del recurso, dado que una eventual estimación de la demanda no eliminaría plenamente los perjuicios derivados del desembolso de una cantidad de tal magnitud».
Además, la Audiencia Nacional argumenta que la suspensión no genera una «perturbación grave de los intereses generales, toda vez que la deuda se encuentra garantizada mediante el aval bancario aportado para obtener la suspensión en vía económico-administrativa». Hay que recordar que este gravamen fue aprobado por el Gobierno con un carácter temporal y extraordinario a finales de 2022, coincidiendo con la crisis energética.
Su objetivo era incrementar la aportación fiscal del sector en un momento de beneficios récord que se atribuyeron a los altos precios del gas y la electricidad.
