De esta manera, el texto inicialmente aprobado por el Congreso ha quedado ratificado, concluyendo la tramitación parlamentaria de esta ley, que está lista para su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE) y su entrada en vigor. Además, según el procedimiento habitual, tendrá que ser aprobada en el Boletín Oficial de las Cortes y deberá ser sancionada por el rey.
Una vez que se publique en el BOE, que no será de forma inmediata, los encargados de aplicar la ley serán los jueces. El objeto de la Ley Orgánica de amnistía, según su exposición de motivos, es «dar una respuesta adecuada más de diez años después del comienzo del proceso independentista, cuando ya se han superado los momentos más acusados de la crisis y toca establecer las bases para garantizar la convivencia de cara al futuro».
El texto señala que la amnistía «se configura en el ordenamiento como un medio adecuado para abordar circunstancias políticas excepcionales» y persigue «un interés general, como puede ser la necesidad de superar y encauzar conflictos políticos y sociales arraigados, en la búsqueda de la mejora de la convivencia y la cohesión social, así como de una integración de las diversas sensibilidades políticas».
Fue el pasado 12 de diciembre cuando comenzó su tramitación, superando debate de totalidad el pasado 10 de enero al quedar rechazados los textos alternativos presentados por el PP y Vox. El 30 de enero, la iniciativa regresó a la Comisión de Justicia al no obtener mayoría absoluta en la votación final de conjunto. Después, el 7 de marzo, se aprobó un nuevo dictamen en la Comisión de Justicia. En esa ocasión, el texto sí se aprobó por mayoría absoluta en el Pleno el 14 de marzo y se remitió al Senado.
Después de que la Cámara Alta haya impuesto su veto, se ha sometido a votación el texto inicialmente aprobado por el Congreso, que lo ha ratificado por mayoría absoluta y ha levantado el veto.