Skip to content

  miércoles 22 abril 2026
  • Director: Alfonso Vidal
Crónica Económica
  • Opinión
    • Firmas
    • Colaboraciones
  • Economía
    • Industria
    • Servicios
    • Agricultura
    • Bancos
    • Cajas
    • Seguros
    • Laboral
  • Empresas
    • Energía
    • Inmobiliario
    • Telecomunicaciones
    • Infraestructuras
    • Industria
    • Retail
    • Distribución
  • Mercados
    • CNMV
    • Ibex
    • Mercados extranjeros
    • Divisas
    • Fondos
  • Gobierno
  • Historia
  • Fin de semana
    • Restaurantes
    • Vinos y Bodegas
    • Recetas
    • Libros
    • El cestillo
    • Cultura
    • Civilización
    • Tecnología
    • Tendencias
    • Moda
  • Alimentación
Última hora
21 de abril de 2026Los índices europeos se frenan en las cercanías de los máximos previos. 21 de abril de 2026INFRAESTRUCTURAS. Su recuperación costaría 300.000 M€ 21 de abril de 2026BCE: a la espera de acontecimientos 21 de abril de 2026Montero, retratada por Aldama 21 de abril de 2026BRUSELAS de romper el acuerdo UE/ Israel: nada de nada 21 de abril de 2026CONSEJO. aprobado el nuevo plan de Vivienda 21 de abril de 2026CONSTRUCCIÓN DE VIVIENDAS: nueve meses a la baja
Crónica Económica
Crónica Económica
  • Opinión
    • Firmas
    • Colaboraciones
  • Economía
    • Industria
    • Servicios
    • Agricultura
    • Bancos
    • Cajas
    • Seguros
    • Laboral
  • Empresas
    • Energía
    • Inmobiliario
    • Telecomunicaciones
    • Infraestructuras
    • Industria
    • Retail
    • Distribución
  • Mercados
    • CNMV
    • Ibex
    • Mercados extranjeros
    • Divisas
    • Fondos
  • Gobierno
  • Historia
  • Fin de semana
    • Restaurantes
    • Vinos y Bodegas
    • Recetas
    • Libros
    • El cestillo
    • Cultura
    • Civilización
    • Tecnología
    • Tendencias
    • Moda
  • Alimentación
  • Director: Alfonso Vidal
Crónica Económica
  Legal  El Tribunal Supremo rebaja las sanciones de Hacienda
Legal

El Tribunal Supremo rebaja las sanciones de Hacienda

El Tribunal Supremo ha rebajado las sanciones de Hacienda al determinar que el porcentaje de perjuicio económico en la graduación de dichas sanciones se debe realizar a través la cuota líquida y no de la cuota diferencial, descontando así el importe de las deducciones, pagos fraccionados, retenciones e ingresos a cuenta.

Redacción y AgenciasRedacción y Agencias—8 de mayo de 20230
FacebookX TwitterPinterestLinkedInTumblrRedditVKWhatsAppEmail

De acuerdo con la sentencia adelantada este lunes por ‘Voz Pópuli’, a la que ha tenido acceso Europa Press, la sanción será menor con esta nueva directriz, ya que lo que debe compararse es la carga impositiva que el sujeto pasivo del impuesto debe soportar. «No tiene sentido entender que el cálculo del perjuicio económico se haga en función de que existan más o menos pagos a cuenta», ha aclarado el Tribunal.
Para el Supremo, esta es la interpretación más acorde con el principio de proporcionalidad buscada por la norma que constituye su ratio o esencia. «Al regular el legislador los criterios de cuantificaciones de las sanciones, hay que presumir que lo hace inspirado por el principio de proporcionalidad o de prohibición de exceso y que el texto de la norma debe interpretarse desde dicha finalidad», insisten.

Según el Supremo, esta cuestión es susceptible de afectar a un gran número de situaciones, puesto que se proyecta potencialmente sobre cualquier procedimiento sancionador en el que resulte de aplicación el criterio de graduación previsto en dicho precepto y en el que, de conformidad con la normativa reguladora del tributo, resulte posible que las cuotas líquida y diferencial impliquen cuantías diferentes.

Así sucede en el Impuesto sobre Sociedades respecto del que versa el presente litigio, pero también en otros tributos, como, por ejemplo, el IRPF.
En concreto, los hechos que juzga en esta sentencia el Supremo afectan a la empresa Embema Sociedad de Obras, a la que Hacienda impuso una sanción de 398.000,58 euros por tres infracciones tributarias muy graves en relación con el Impuesto sobre Sociedades de los ejercicios 2006, 2007 y 2008.

Para calcular el perjuicio económico, la norma establece que el mismo se determinará «por el porcentaje existente entre a base de la sanción y la cuantía total que hubiera debido ingresarse en la autoliquidación o por la adecuada declaración del tributo o el importe de la devolución obtenida».
La norma indica que si el perjuicio económico oscila entre el 10 y 25%, se incrementa la sanción en 10 puntos; si oscila entre el 26 y el 50% en 15 puntos; entre el 51 y el 75% en 20 puntos; y cuando supere el 75%, en 25 puntos porcentuales.

La Administración sostiene que el perjuicio económico es del 97,23%, y, por lo tanto, incrementa la sanción en 25 puntos porcentuales. Lo que pretende el recurrente es que se tenga en cuenta para el cálculo la cuota líquida, lo que implicaría que el porcentaje sería del 61,62% y la sanción se incrementaría en un 20%, en lugar del 25% aplicado.

Para el Supremo, carece de justificación alguna que, a efectos de graduar la sanción e imponer una sanción por una conducta cometida en el momento de presentar una autoliquidación, se tome en consideración si, en un momento anterior, se realizaron o no pagos fraccionados, cuya omisión o defecto de realización puede ser sancionado de forma independiente.

En este sentido, recuerda que la obligación tributaria de realizar pagos fraccionados tiene carácter autónomo respecto de la obligación tributaria principal y su no cumplimiento conlleva su correspondiente sanción, distinta de la sanción derivada de la obligación principal.

El fallo, del que es ponente el magistrado Francisco José Navarro Sanchís, cuenta con un voto particular discrepante de dos magistrados que advierten de que la discusión debería haberse elevado al Tribunal Constitucional.

FacebookX TwitterPinterestLinkedInTumblrRedditVKWhatsAppEmail
Noticias relacionadas
  • Noticias relacionadas
  • Más de este autor
Legal

ESCRIBANO: querella contra Revuelta

21 de abril de 20260
Legal

CASO MASCARILLAS: se cierra el circulo

21 de abril de 20260
Legal

CASO BEGOÑA GOMEZ: las acusaciones piden 24 años

20 de abril de 20260
Cargar más
Leer también
Mercados

Los índices europeos se frenan en las cercanías de los máximos previos.

21 de abril de 20260
Politica y partidos

INFRAESTRUCTURAS. Su recuperación costaría 300.000 M€

21 de abril de 20260
Economía

BCE: a la espera de acontecimientos

21 de abril de 20260
Politica y partidos

Montero, retratada por Aldama

21 de abril de 20260
DESTACADO PORTADA

BRUSELAS de romper el acuerdo UE/ Israel: nada de nada

21 de abril de 20260
DESTACADO PORTADA

CONSEJO. aprobado el nuevo plan de Vivienda

21 de abril de 20260
Cargar más


Últimas noticias
  • Los índices europeos se frenan en las cercanías de los máximos previos. 21 de abril de 2026
  • INFRAESTRUCTURAS. Su recuperación costaría 300.000 M€ 21 de abril de 2026
  • BCE: a la espera de acontecimientos 21 de abril de 2026
  • Montero, retratada por Aldama 21 de abril de 2026
  • BRUSELAS de romper el acuerdo UE/ Israel: nada de nada 21 de abril de 2026
© 2023 Crónica Económica Ediciones
  • Aviso Legal
  • Política de privacidad
  • Política de cookies