En efecto, una sentencia del TC del 7 de julio de 2016 declaró nulo el apartado 1 del artículo 2 del Real Decreto ley 10/2014 por el que se concedían créditos extraordinarios por un total de 883 millones de euros para hacer frente a compromisos de pagos de la industria de defensa. Entre ellos, el helicóptero Tigre, el vehículo Pizarro, el misil C/C SPYKE o el avión EF-2000.
El decreto aprobado por el Congreso en 2014 (siendo presidente Mariano Rajoy) fue recurrido por el Grupo Socialista y todo el bloque de izquierdas de la Cámara. Aunque estaba avalado por el Consejo de Estado, los partidos recurrentes sostenían en su escrito al TC que para la aprobación de esas partidas «se debía haber seguido el procedimiento legislativo ordinario», y no el decreto ley, que requiere el requisito de la urgencia. El TC (presidido entonces por Pérez de los Cobos y de mayoría conservadora) dio la razón a los partidos de izquierda, admitió el recurso y declaró nulo el apartado 1 del artículo 2 del citado decreto donde se contemplaban los citados créditos extraordinarios por un total de 883 millones de euros.
El Gobierno podría argumentar que la situación actual justifica la urgencia para recurrir a la vía del decreto, pero, en su contra, se podría argumentar que los compromisos adquiridos (alcanzar el 2% del PIB en gasto en Defensa) se adoptaron en 2014 y a día de hoy la inversión en Defensa ni siquiera alcanza el 1,3% del PIB.