Los servicios jurídicos del Estado responden así a la petición de Hazte Oír al Supremo para que suspenda cautelarmente la iniciativa aprobada por el Ejecutivo de Pedro Sánchez el pasado abril. De esta forma, el Gobierno muestra su «oposición a la medida cautelar» y reclama que se inadmita el recurso «por falta de legitimación de la recurrente o, subsidiariamente, acuerde su denegación». «Existe una afectación directa a los derechos de las personas extranjeras interesadas y, por ende, al interés general, ya que estas personas quedarían en una situación de vacío legal a la espera de que se resolviera el recurso interpuesto», sostiene.
La Abogacía del Estado arguye que la justificación de Hazte Oír «se construye exclusivamente sobre la enumeración de fines estatuarios de carácter amplio y genérico», tales como los «valores constitucionales, familia o legalidad», así como «consideraciones abstractas sobre el impacto de la norma en la política migratoria». Así, manifiesta que «no se identifica qué beneficio real y propio obtendría la asociación con la eventual anulación del real decreto», ni tampoco «qué perjuicio cierto y específico se le evitaría».
«El Tribunal Supremo ha subrayado que no vale como razón legitimadora el mero interés abstracto en defensa de la legalidad ni su encaje implícito en una supuesta acción popular inexistente en el ámbito del artículo».
