En un escrito remitido a la Audiencia de Sevilla, el Ministerio Público echa por tierra los argumentos presentados por la familia de Griñán para su indulto. Los fiscales sostienen que la conducta enjuiciada «no puede quedar sin respuesta punitiva» mediante la conmutación parcial de la cárcel, «pretensión que excede del carácter excepcional» de la medida de gracia. «Los fines retributivos, de prevención y rehabilitación de las penas no justifican, ni permiten la concesión de un indulto parcial», añaden.
La Fiscalía considera que tampoco puede reconocerse la «honestidad y honradez» de Griñán, que se presenta como mérito en la solicitud, cuando se le ha condenado por los delitos «más graves cometidos en el seno de la Administración Pública» y en su ejecución se evidencia «un flagrante quebranto de la probidad en el ejercicio de la función pública».
Según la Fiscalía, la malversación tiende a hacer posible la confianza de la sociedad en el «manejo honesto» de los fondos públicos y entiende que «no debe de olvidarse que durante el mandato del acusado en los cargos ya detallados se dispuso de créditos presupuestarios para la concesión de ayudas ilegales por un importe superior a 427 millones».
Así las cosas, tras examinar los argumentos de la petición de indulto, «sustentada en razones de justicia y equidad», los fiscales entienden que no guardan relación con la naturaleza y finalidad del indulto.
Por otro lado, la Fiscalía Anticorrupción expone que los delitos objeto de condena no requieren un enriquecimiento económico propio y que ninguna de las sentencias recoge la presencia de dilaciones en el tiempo atendiendo a la extensión temporal y la complejidad de los hechos.
Al respecto, la Fiscalía recuerda que el Tribunal Supremo recoge que la malversación es una forma más de corrupción política y señala que el correcto entendimiento del delito de prevaricación administrativa sólo puede realizarse desde una concepción democrática del poder público.«La corrupción política y administrativa y la desviación de poder son incompatibles con un Estado democrático de derecho, en el que han de prevalecer principios como la igualdad ante la ley, el control del poder público, la imparcialidad y la corrección en la actuación administrativa», concluye.
Griñán está condenado a seis años y un día de prisión por la trama de los ERE. Sin embargo, a diferencia del resto de los socialistas condenados por malversación, se encuentra en libertad, ya que la Audiencia de Sevilla suspendió su pena hasta junio de 2028 por el cáncer de próstata que padece, incompatible con la vida penitenciaria.