Así, será la primera vez en 38 años que se cuestione judicialmente al órgano encargado de negociar las condiciones laborales de la Policía Nacional.
El artífice de esta demanda, admitida a trámite por la Sala de lo Contencioso-Administrativo, es el sindicato Equiparación Ya (EYA), que ya advirtió en el pasado de que estas «graves anomalías» estaban convirtiendo el Consejo de la Policía en «un órgano meramente formal, sin capacidad real de negociación ni de resolución efectiva de conflictos laborales». Es más, su reglamento, que se aprobó con carácter provisional en 1987 debe ser sustituido por uno definitivo en el plazo de un mes, como establece la Ley Orgánica 2/1986 de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.
En su escrito, este sindicato señala que los representantes sindicales no tienen capacidad real de decisión en el Consejo de Policía, pese a haber sido diseñado como un órgano paritario. «Cuando no se alcanza acuerdo entre las partes, el reglamento establece que el asunto se eleva al órgano competente de la Administración, lo que provoca que la decisión final recaiga unilateralmente en el Gobierno», denuncian. Por no hablar de que la Presidencia del Consejo corresponde al propio Ministerio del Interior, lo que «convierte al órgano en un espacio donde la Administración actúa como juez y parte en los conflictos laborales».
Y por si esto fuera poco, el propio reglamento establece un sistema que hace el texto «prácticamente irreformable», ya que se necesita no solo la mayoría absoluta del Consejo sino una aprobación posterior de la Administración. En este sentido, al ser un órgano paritario, basta con que la Administración vote en contra para bloquear cualquier modificación. Es decir, el Ministerio del Interior, que dirige Fernando Grande-Marlaska, tiene en la práctica «un derecho de veto estructural».
Son muchos los incumplimientos, ante la pasividad y la falta de respuestas de los máximos responsables. La primera afecta de lleno a la propia convocatoria del Consejo: si bien el reglamento establece que el Pleno debe reunirse una vez cada dos meses, al menos, desde 2019 solo se han celebrado seis plenos ordinarios y tres extraordinarios. Y lo mismo ocurre con las comisiones, donde las irregularidades se tornan aún más graves.
Según manifiesta el sindicato EYA en su escrito, la Comisión de Asuntos Económicos, creada en 1996 para tratar cuestiones retributivas, nunca ha sido convocada, mientras que la Comisión de Personal mantiene una composición basada en acuerdos de hace casi treinta años, incluyendo sindicatos y cargos que ya no existen.
Además, los agentes también denuncian la celebración de reuniones sin respetar el quórum mínimo exigido por el reglamento, lo que podría «comprometer la validez de las decisiones adoptadas». En este punto, subrayan que los 22 conflictos colectivos planteados desde 1987 se han resuelto siempre «sin resultados favorables para los policías», una muestra más del «fracaso» del modelo actual de mediación.

