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  Legal  TC admitirá a trámite el recurso de Junqueras
Legal

TC admitirá a trámite el recurso de Junqueras

El Tribunal Constitucional (TC) se dispone a admitir a trámite en su Pleno de la próxima semana el recurso que presentó el exvicepresidente de la Generalitat de Cataluña y líder de ERC, Junqueras, contra la decisión del Tribunal Supremo (TS) de no aplicarle la ley de amnistía.

RedaccionRedaccion—9 de febrero de 20250
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Según consta en el orden del día, a partir del martes los magistrados también deliberarán sobre la admisión a trámite de los recursos interpuestos por los exconsellers Raül Romeva y Dolors Bassa. Ambos dirigentes, al igual que Junqueras, han recurrido en amparo dos resoluciones del Supremo: la del 1 de julio, por la que se les denegó la aplicación de la amnistía; y la del 30 de septiembre, en la que el tribunal confirmó su decisión al rechazar sus súplicas.

Fuentes jurídicas señalan que la mayoría del tribunal se prepara para admitir a trámite estos recursos, lo que significa que luego deliberará sobre el fondo del asunto en posteriores Plenos y revisará si la resolución del Supremo se ajustó o no a Derecho. Cabe recordar que, hasta ahora, todos los asuntos relativos al ‘procés’ han sido admitidos para su estudio.
No obstante, las citadas fuentes avisan de que antes de dar entrada a los recursos de amparo de los condenados por el ‘procés’ podría plantearse un obstáculo formal, ya que ni la recusación del magistrado conservador José María Macías ni la abstención del progresista Juan Carlos Campo se han extendido a los recursos de amparo.

Campo se apartó voluntariamente porque cuando fue ministro de Justicia dijo en el informe a favor de indultar a los condenados por el ‘procés’ que la amnistía era «claramente inconstitucional», mientras que la mayoría progresista aceptó la recusación presentada por la Fiscalía contra Macías porque cuando era vocal del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) se pronunció en contra de esa ley en dos textos con valor institucional.
El Pleno aceptó tanto la abstención de Campo como la recusación contra Macías en la cuestión de inconstitucionalidad presentada por el TS y, posteriormente, las extendió a las otras tres cuestiones –planteadas todas por el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC)– y a los 16 recursos de inconstitucionalidad registrados por el PP y los gobiernos y asambleas de las comunidades autónomas donde gobierna.
Técnicamente, la extensión no se acordó para los recursos de amparo, que llegaron más tarde al Constitucional porque para presentarlos Junqueras y los demás condenados tuvieron que esperar a que se cerrara completamente el recorrido de su caso por el Supremo. Así, las fuentes consultadas advierten de que este trámite podría retrasar la admisión del amparo solicitado por Junqueras, Romeva y Bassa.

El magistrado del ala conservadora César Tolosa está a cargo de redactar el borrador de la providencia en la que se dará respuesta a Junqueras y Romeva; mientras que el presidente del tribunal, el magistrado del sector progresista Cándido Conde-Pumpido, es el ponente del caso de Bassa. Los tres dirigentes condenados por el ‘procés’ acuden a la corte de garantías al considerar que la decisión del Supremo ha vulnerado sus derechos fundamentales. Fue el pasado julio cuando los magistrados que juzgaron el proceso independentista catalán en el TS rechazaron amnistiar la malversación a los condenados por el referéndum ilegal del 1-O al considerar que sí obtuvieron un beneficio personal y que sí afectaron los intereses financieros de la Unión Europea.

La negativa del Supremo afectó directamente a Junqueras, Romeva y Bassa, dado que los tres habían sido condenados por malversación. La decisión del alto tribunal de no aplicarles la ley mantuvo las condenas de inhabilitación que se les impuso. Esta medida –que también acordó el instructor del ‘procés’ Pablo Llarena– alcanzó al expresidente catalán Carles Puigdemont y a los exconsejeros huidos y procesados en rebeldía Toni Comín y Lluís Puig, quienes siguen con órdenes nacionales de detención vigentes en su contra.
Cabe recordar que el Supremo también acudió al Constitucional por la ley de amnistía con una cuestión de inconstitucionalidad, pero respecto al delito de desórdenes públicos. Los magistrados indicaron que actuaban porque tenían la «absoluta convicción» de que la norma vulnera «al menos» el derecho a la igualdad y el principio de seguridad jurídica.

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