En un comunicado en la página web del Poder Judicial, el Alto Tribunal explica, en línea con la opinión de la Fiscalía, «que debe acordarse el archivo una vez que, por la vía de recursos, la Audiencia Provincial de Barcelona decidió en diciembre la nulidad del auto del Juzgado que, entre otras cuestiones, acordaba elevar la exposición razonada que provocó la apertura de estas actuaciones». El Supremo recuerda que, después de recibir la nulidad del auto anterior, «acordó dejar en suspenso la decisión sobre la misma a la espera de lo que resolviese la Audiencia Provincial sobre un recurso de apelación pendiente contra la decisión del juez de Instrucción».
Así, tras el archivo por parte de la Audiencia Provincial, el Supremo estima que «la única salida procesal correcta es archivar sin más las actuaciones» y que «no nos corresponde, sin un cauce procesal legítimo abierto, analizar ni el fondo de la exposición que ha sido despojada de eficacia, ni la corrección de la decisión adoptada con plena jurisdicción por la Audiencia de Barcelona».