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  Legal  TSJC: anula algunos artículos de la ley contra el castellano
Legal

TSJC: anula algunos artículos de la ley contra el castellano

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña ha anulado algunos artículos del Decreto de régimen lingüístico educativo no universitario de la Generalitat que blinda el catalán como lengua vehicular en las escuelas. Esto es porque vulneran los artículos 3, 14 y 17 de la Constitución.

RedaccionRedaccion—10 de septiembre de 20250
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En 2024 se aprobó este decreto, pero la justicia lo suspendió cautelarmente mientras decidía si era válido o no. Ahora, el TSJC ha estimado parcialmente el recurso presentado por la Asamblea por una Escuela Bilingüe (AEB), que había presentado una queja contra este decreto, según ha informado la entidad en un comunicado. «La resolución judicial constituye un mazazo al intento de la Generalitat de excluir al castellano como lengua vehicular», ha manifestado la AEB. La entidad ha pedido a la Generalitat que garantice «una presencia real y efectiva del castellano como lengua vehicular».

El fallo puede ser recurrido por la Generalitat y, entre los artículos que anula, se incluyen:
• Nulos de pleno derecho los artículos 2c, 2d y 2e relativo a finalidades y 4.1, 4.2, 4.3 y 4.5 de uso de las lenguas
• El artículo 6 excepto el apartado relativo a rotulación
• El 7.2 de lengua castellana
• El 9.3b de lenguas extranjeras
• Los artículos 10.1 y 10.2 de acogida y atención lingüística del alumnado recién llegado
• El 18a relativo a finalidades del proyecto lingüístico
• Los artículos 19.1e, 19.1f, 19.2a, 19.2b y 19.2d de contenidos del proyecto lingüístico
• Los artículos 24.2a, 24.2b y 24.2f de mecanismos e indicadores para el seguimiento del proyecto lingüístico
• El 33 sobre centros educativos
• El 34.1 de centros privados sostenidos con fondos privados
La AEB asegura que este decreto «margina» al castellano y su anulación «confirma lo que la AEB lleva años denunciando: el modelo educativo catalán es contrario a la Constitución, el Estatut y la jurisprudencia del Tribunal Constitucional y del Tribunal Supremo».

Para la AEB es primordial que el castellano sea una lengua vehicular en la enseñanza, «no solo una asignatura y los centros educativos no pueden imponer proyectos lingüísticos monolingües en catalán» y, por ello, la Generalitat debe garantizar «un equilibrio real y efectivo entre las dos lenguas oficiales, para que todos los alumnos salgan de la escuela dominando tanto el castellano como el catalán». Con este decreto, la Generalitat buscaba preservar la escuela en catalán como lengua vehicular y el aranés en el Val d’Aran y, a su vez, sortear la obligación de impartir un 25% de las clases en castellano (Lengua Castellana y otra asignatura troncal).

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