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  Legal  La Fiscalía Superior de Catalunya recurrirá la absolución de Alves
Legal

La Fiscalía Superior de Catalunya recurrirá la absolución de Alves

La Fiscalía Superior de Catalunya ha recurrido ante el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya por la absolución del exfutbolista Dani Alves de un delito de agresión sexual a una joven en la discoteca Sutton de Barcelona, en diciembre de 2022.

RedaccionRedaccion—2 de abril de 20250
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El recurso se basará en que la sentencia del TSJC que revoca la condena de cuatro años y medio de prisión que la Audiencia de Barcelona impuso a Alves infringe preceptos constitucionales y principios del Código Penal.
La Fiscalía, de hecho, ya había recurrido la condena de Alves pero en el sentido contrario a la resolución del TSJC: pedía que se le elevara la pena a nueve años de prisión al cuestionar que se le aplicara la atenuante de reparación del daño por los 150.000 euros que entregó al juzgado para cubrir una futura indemnización a la víctima.

También la acusación particular, ejercida por la abogada García, anunció el pasado viernes su intención de recurrir la sentencia ante el Tribunal Supremo, aunque pendiente de valorar si la denunciante está en disposición de sobrellevar el desgaste «emocional» que supone seguir adelante con el caso, teniendo en cuenta que el alto tribunal puede tardar más de un año en resolver.
La Fiscalía fundamenta su recurso de casación en los únicos resquicios legales que le facultan a apelar la sentencia -vulneración de preceptos legales o constitucionales- dado que el Supremo no puede revisar las pruebas de un proceso penal, incluidas las testificales o la documentación.

Precisamente, la documentación del caso -y en concreto el vídeo de los momentos previos a los hechos que muestran a la denunciante y a Alves bailando y charlando en un reservado de la discoteca Sutton- ha resultado clave en la decisión del TSJC de absolver a Dani Alves, dado que la sala estima que el testimonio de la joven no es fiable. El margen del Supremo para revisar la sentencia de Alves es, sin embargo, limitado: de acuerdo con la jurisprudencia del Tribunal Constitucional, no puede imponer una condena a un fallo absolutorio de una instancia inferior.
Por ese motivo, en el caso de apreciar que la absolución acordada por el TSJC está basada en argumentos erróneos, puede ordenar que un tribunal de composición distinta dicte una nueva sentencia, han explicado fuentes jurídicas.

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