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Crónica Económica
  Legal  FISCALIA: solicitan prisión para el hermano de Puig
Legal

FISCALIA: solicitan prisión para el hermano de Puig

La Fiscalía Anticorrupción pide una pena de cuatro años de cárcel para Francis Puig, hermano del expresident de la Generalitat Puig, por la presunta comisión de delitos de falsedad documental y estafa en la obtención de subvenciones para empresas de comunicación.

RedaccionRedaccion—22 de julio de 20250
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Para su socio, Adell Bover, se propone una condena de tres años de cárcel. Así figura en el escrito de acusación dirigido por el Ministerio Público al Juzgado de Instrucción número 4 de Valencia. Fiscalía cree que, en el caso de Francis Puig, es conveniente imponer, por el delito de falsedad documental continuada en concurso medial con un delito de estafa agravada, cuatro años de prisión y multa de diez meses, a razón de 20 euro por día, e inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, con la responsabilidad personal subsidiaria de cinco meses en caso de impago de la multa.
Para Adell Bover, la solicitud es, por delito continuado de falsedad en documento mercantil en concurso medial con otro de estafa agravada por cooperación necesaria, de tres años de prisión y multa de diez meses a razón también de 20 euros por día.

El pasado mes de enero, el Juzgado de Instrucción 4 de Valencia dictó el auto por el que acordaba procesar a Francis Puig y Juan Enrique Adell Bovell, administradores de Comunicacions dels Ports SA y Canal Maestrat SL, respectivamente, en el marco de la causa en la que se investigan subvenciones públicas para el fomento del valenciano en medios de comunicación que percibieron ambas empresas y Mas Mut Produccions SL (administrada también por el primero de ellos) entre los años 2015 y 2018.
El magistrado considera, a partir de la instrucción llevada a cabo, que los hechos podrían ser constitutivos de delitos de estafa y falsedad documental. La resolución descarta expresamente la comisión del delito de fraude en las subvenciones porque la cantidad supuestamente percibida de forma indebida por los investigados y sus sociedades, en torno a unos 67.500 euros, no alcanza la cuantía de 120.000 euros que requería el tipo penal vigente en el momento de los hechos.

Según el auto de incoación de procedimiento abreviado, el magistrado señala que «las conductas son relevantes en un doble aspecto, tanto cuantitativo, como se ha expresado en los hechos de la presente resolución, así como en los instrumentos utilizados: facturas falsas, sociedades instrumentales, domicilios ficticios, actividades carentes de forma patente de cualquier tipo de relación con la subvención que efectivamente se obtuvo y produjo el subsiguiente enriquecimiento a favor de las sociedades administradas por los investigados Puig Ferrer y Adell Bover».
La resolución judicial detalla los indicios que apuntan al uso de facturas falsas, sociedades instrumentales, domicilios fantasmas o actividades no relacionadas con las subvenciones para obtenerlas por parte de los investigados.

La causa se ha centrado en las ayudas concedidas por ambas instituciones autonómicas a las empresas Comunicacions dels Ports SA, Mas Mut Producción SL y Canal Maestrat. En el caso de la Generalitat valenciana, las ayudas iban dirigidas a la protección y difusión del valenciano, mientras que en el de la Generalitat Catalunya el objeto era otorgar subvenciones estructurales para la prestación de servicios en lengua catalana o aranesa

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