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Crónica Económica
  Economía  ACEITE: el Gobierno puede intervenir el mercado
EconomíaAgricultura

ACEITE: el Gobierno puede intervenir el mercado

El Boletín Oficial del Estado ha publicado las normas de comercialización del aceite de oliva para el curso 2025-2026, entre las que incluye la posibilidad de retirar el producto en aquellos casos en los que la oferta se sitúe muy por encima de la demanda.

RedaccionRedaccion—28 de octubre de 20250
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De acuerdo con la orden publicada en el BOE (puede consultarla en este enlace), se prevé una cosecha «significativamente superior a los niveles medios de las últimas campañas, que podrían suponer un aumento de oferta de este producto y generar una desestabilización de los mercados», razón por la cual se ha articulado este mecanismo ante una eventual sobreoferta.
En concreto, explica la norma, solo se llevará a cabo la retirada de aceite de oliva del mercado cuando se alcance «un nivel de existencias iniciales más estimaciones de producción igual o superior al 120% del nivel medio de este sumatorio de las seis campañas anteriores».

La orden, emitida por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, contempla una retirada máxima del 20% de la producción estimada, un porcentaje que en todo caso «se aplicará sobre la producción y se calculará con base en la diferencia de los recursos estimados para la campaña 2025/2026 y el 120% de la media de los dos valores máximos de la comercialización de las seis últimas campañas».
La retirada del aceite de oliva del mercado tendrá lugar hasta el 15 de noviembre de 2025 y serán las almazaras las encargadas del procedimiento. Todas las cantidades retiradas deberán permanecer retiradas «hasta la siguiente campaña de comercialización».

El propio Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación ha informado en su página web de que «en base a los aforos comunicados por las comunidades autónomas a principios del mes de octubre, no parece que se vayan a alcanzar los umbrales y condiciones para la aplicación efectiva de la medida», pero que se ha establecido la norma por si fuese necesaria su aplicación.
En el que caso de la aplicación de la norma fuese necesaria, explica el Ministerio, la dirección general de Producciones y Mercados Agrarios emitiría una resolución antes del 15 de noviembre en la que informaría del porcentaje de producción que se retiraría.

La medida anunciada por Agricultura fue criticada por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) al entender que podía «encarecer los precios y reducir la variedad y calidad del producto», con el consiguiente perjuicio «a consumidores y operadores».
Hace unas semanas, la CNMC publicó una nota de prensa en la que, aunque reconocía que la «normativa europea y nacional permiten estas medidas», criticaba el impacto que la medida podía tener en los consumidores, especialmente en los de rentas muy bajas, así como en otros eslabones de operadores «como los distribuidores y exportadores».
En su publicación, la CNMC instaba al Gobierno a valorar otras alternativas como el almacenamiento privado o los instrumentos de la normativa de la cadena alimentaria «antes de recurrir a la retirada obligatoria de producto» y recordaba que «cualquier intervención pública debe ser proporcional, transparente y con el menor impacto posible sobre el funcionamiento competitivo del mercado».

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