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Crónica Económica
  Legal  Justicia obliga al Parlamento catalán a exhibir permanentemente la bandera de España
Legal

Justicia obliga al Parlamento catalán a exhibir permanentemente la bandera de España

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña obliga al Parlamento catalán a exhibir de forma permanente la bandera de España.

RedaccionRedaccion—20 de marzo de 20260
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Da así la razón a la plataforma constitucionalista Impulso Ciudadano y ordena a la Cámara catalana que coloque de forma inmediata y permanente la enseña nacional junto a la de Cataluña en el exterior del edificio, conforme a los artículos 3 y 6 de la Ley 39/1981.
La Sala de lo Contencioso-Administrativo concluye que la práctica seguida hasta ahora, consistente en colocar la bandera únicamente en días de pleno o retirarla de forma habitual, es contraria a la legalidad vigente, que exige que la bandera de España ondee todos los días en los edificios públicos.
Y destaca que esta obligación no es opcional ni simbólica, sino una exigencia jurídica derivada de la Constitución y de la Ley 39/1981, que impone la presencia permanente de la enseña nacional como expresión de la soberanía, la unidad del Estado y los valores constitucionales que representa.

El alto tribunal catalán se ha pronunciado así en un auto dictado este viernes, en el que estima parcialmente las medidas cautelares solicitadas por Impulso Ciudadano. En la resolución descarta que la adopción de esta medida cautelar cause perjuicio alguno al interés general. Al contrario, subraya que su finalidad es garantizar el cumplimiento de la ley y la correcta representación institucional de todos los ciudadanos. La resolución judicial confirma que el respeto a los símbolos oficiales no es una cuestión menor ni protocolaria, sino una exigencia jurídica que garantiza la neutralidad institucional, pues la bandera de España simboliza la participación de todos los catalanes en el proyecto común constitucional y su exclusión constituye una forma de exclusión simbólica incompatible con un Estado democrático de derecho.

Impulso Ciudadano acudió a la Justicia denunciando que aunque los órganos del Parlamento de Cataluña conocen su obligación de colocar la bandera oficial española, ya que la norma es imperativa y, existe abundante jurisprudencia sobre la obligación de colocar banderas oficiales, se estaban saltando la ley.
Y aportó fotografías de numerosos días de septiembre y octubre de 2025 que acreditan la bandera que se retira de la azotea cuando termina el pleno o directamente ni se coloca junto a la de Cataluña cuando se exhibe esta última. Además, destacó que la bandera catalana es desproporcionadamente más grande. El letrado del Parlamento de Cataluña respondió al recurso pidiendo la desestimación de la medida cautelar. Además, solicitó que fuera llamado al procedimiento el Ayuntamiento de Barcelona para que pudiera formular alegaciones relacionadas con las medidas cautelares, cosa que sí fue estimada por los magistrados.

Como recuerda Impulso Ciudadano, la normativa establece que la bandera de España debe ocupar un lugar de honor y no puede ser inferior en tamaño a otras banderas oficiales. Por ello, denuncia que es «incompatible con la legalidad la existencia de banderas autonómicas de dimensiones desproporcionadas en espacios públicos, como la señera gigante instalada en el parque de la Ciudadela, que deberá ser retirada para cumplir la normativa vigente».
Esta asociación considera que «la política de símbolos tiene una importancia fundamental en una democracia». Y señala que «la persistente resistencia de los sectores nacionalistas a cumplir la ley en esta materia demuestra que no se trata de un asunto secundario».

«La exclusión simbólica de los símbolos comunes precede y facilita la exclusión real de las instituciones del Estado y de los derechos garantizados por la Constitución», sostiene esta plataforma constitucionalista. Y avisa que continuará trabajando para que en Cataluña «se respete la legalidad, la neutralidad institucional y los derechos de todos los ciudadanos, también en el ámbito simbólico»

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