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  DESTACADO PORTADA  ALQUILER: el índice de actualización se sitúa en el 2,29%
DESTACADO PORTADAInmobiliario

ALQUILER: el índice de actualización se sitúa en el 2,29%

El índice de referencia del INE para actualizar el alquiler registra su nivel más alto desde el arranque de la serie y sube hasta el 2,29% en noviembre

RedaccionRedaccion—14 de diciembre de 20250
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El índice de referencia para la actualización anual de los contratos de alquiler elaborado por el INE subió hasta el 2,29% interanual en noviembre, el valor más alto desde el inicio de la serie histórica en el undécimo mes de 2024. Este indicador acumula seis meses consecutivos por encima del 2% tras situarse en el 2,25% en octubre, el 2,22% en septiembre, el 2,19% en agosto, el 2,15% en julio y el 2,10% en junio.

Los contratos de alquiler que se actualicen a partir de enero de este años y hayan sido firmado desde la entrada en vigor de la Ley de Vivienda, el 25 de mayo de 2023, deberán usar este nuevo índice creado por el INE para la actualización anual de las rentas. Este indicar se difunde mensualmente y marca el límite para actualizar la renta anual de los contratos de arrendamiento de vivienda firmados después de mayo de 2023.

Este índice considera conjuntamente el Índice de Precios al Consumo (IPC), la inflación subyacente y las diferencias entre tasas de crecimiento anual tanto del IPC como de la inflación subyacente de cada mes, y un parámetro, definido a propuesta de la Dirección General de Política Económica, que guarda relación con el crecimiento esperado a largo plazo del índice. A estas diferencias se le aplica un coeficiente moderador definido a propuesta conjunta de la Dirección General de Vivienda y Suelo del Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana y de la Dirección General de Política Económica del Ministerio de Economía, Comercio y Empresa, en consideración a las circunstancias particulares del mercado del alquiler de vivienda.

De esta manera, el índice de referencia que se utiliza como límite para la actualización anual de los contratos de arrendamiento de vivienda con el mínimo valor entre la tasa de variación anual del IPC, la tasa de variación anual de la inflación subyacente y la tasa de variación anual media ajustada, elaborada según lo previsto en la metodología aprobada.

En 2024 la actualización de las anualidades del alquiler estuvo limitada de manera extraordinaria al 3% por el incremento de los precios derivados de la guerra de Ucrania. Este no ha sido el único tope que el Gobierno ha aprobado como respuesta a la crisis inflacionaria por la guerra de Ucrania. El Ejecutivo ya limitó a través de un Real Decreto-Ley la actualización anual de los contratos de arrendamiento para 2022 y 2023 en función del Índice de Garantía de Competitividad (IGC), que está topado al 2% y nunca podrá ser inferior al 0%. Por su lado, los contratos que hayan sido firmados antes de la entrada en vigor de la Ley por el Derecho a la Vivienda, es decir, firmados antes de mayo de 2023, seguirán actualizando su renta anual con el dato del IPC o IGC, según conste en el contrato de alquiler firmado. En función de lo que los inquilinos hayan firmado en los contratos de alquiler previos a mayo de 2023, la revalorización anual de esta renta se hará usando el dato de la inflación a fecha de cada actualizaci

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