La medida está condicionada a la suficiencia del aval bancario presentado por la compañía y se suma a la suspensión temporal de otros 152,4 millones relativos a 2023, y que totalizan 272,7 millones de euros en juego. El nuevo auto, fechado el 28 de septiembre de 2026, responde a la solicitud de Repsol de paralizar la ejecución de una resolución del Tribunal Económico-Administrativo Central (TEAC). Este organismo había desestimado el pasado 9 de julio la reclamación de la compañía contra la liquidación de 2024, que fija un importe a ingresar de 120.305.764,68 euros.
La Abogacía del Estado no se ha opuesto a la petición de suspensión. La Sala de lo Contencioso-Administrativo señala que, ante esa ausencia de oposición y tras analizar las circunstancias del caso, procede suspender la ejecución del acto impugnado. Para ello, exige una garantía bancaria que cubra el principal, los recargos y los intereses de demora que se devenguen durante dos años desde la admisión a trámite del recurso. El tribunal ha solicitado a la Delegación Central de Grandes Contribuyentes de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) un informe para comprobar si el aval aportado en la vía administrativa resulta suficiente.
La resolución tiene como antecedente otro auto de la Audiencia Nacional, fechado el 24 de junio de 2026, que suspendió el pago de 152.415.736,35 euros por el gravamen de 2023. En aquel procedimiento, la suspensión también estaba respaldada por una garantía bancaria y los servicios jurídicos del Estado no se opusieron siempre que se acreditara su vigencia y suficiencia.
El tribunal consideró entonces que el desembolso de más de 152 millones podía ocasionar perjuicios que una eventual sentencia favorable no eliminaría plenamente. Pero a diferencia de aquel caso, el auto de septiembre no desarrolla ese razonamiento, sino que fundamenta la medida en la ausencia de oposición y en las circunstancias del caso.
