Así, la Comisión ha incoado quince nuevos expedientes que analizan lo ocurrido en el apagón del 28 de abril del pasado año, justo una semana después de que el regulador abriera ya una veintena de expedientes sancionadores a Red Eléctrica y a otras empresas energéticas.
Estos nuevos expedientes – afectan a Endesa, TotalEnergies, Engie, Contour Global y a la asociación nuclear Ascó-Vandellos (de la que forman parte Endesa e Iberdrola)- «incluyen también la investigación de prácticas producidas en días o periodos distintos al 28 de abril, pero que constituirían igualmente indicios de posibles infracciones sectoriales detectados», señala el regulador, aunque recalca que los hechos objeto de estos procedimientos «no implican, por sí mismos, la atribución del origen o causa del apagón a las empresas afectadas», dado que, explica, el incidente respondió a un origen multifactorial.
Todos los expedientes cuentan con la calificación de «graves», casi todos por presunta infracción del artículo 65.8 de la Ley 24/2013, del Sector Eléctrico (LSE), por «incumplimientos del art. 64.15, 16 y 17 sin riesgo de garantía del suministro o daño grave». Solo el expediente de la Asociación Nuclear Ascó-Vandellós II AIE (ANAV) está abierto por infracción recogida en el artículo 65.34 de la LSE por «ofertas con valores anormales o desproporcionados para alterar indebidamente el despacho de las unidades de generación o la casación del mercado».
Estos nuevos expedientes se suman a la veintena anunciada el pasado viernes 17, que estaban dirigidos a Red Eléctrica de España (REE) -con calificación «muy grave»- y a instalaciones de generación eléctrica (ciclos combinados, renovables o nucleares) propiedad de las principales eléctricas del país -Iberdrola, Endesa y Naturgy-, así como de Repsol o Bahía de Bizkaia Electricidad -por infracciones «graves»-.
«Desde entonces, la CNMC ha continuado con la apertura de otros procedimientos sancionadores», aunque en caso de las empresas por prácticas que se habrían producido en días distintos al 28 de abril del año pasado, fecha del apagón eléctrico. Estos procedimientos tienen una duración máxima que varía entre los nueve y los dieciocho meses en función de la gravedad de la infracción. Los interesados podrán formular alegaciones y proponer la práctica de pruebas que estimen procedentes.

